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Documento BORME-C-2006-92047

ASEGURAMIENTO ATECSA, S. L. (Sociedad absorbente) VALENCIANA DE SERVICIOS INTEGRALES, S. L., Sociedad unipersonal MIGRAL, S. L., Sociedad unipersonal VICEBEL, S. L., Sociedad unipersonal ASEGURAMIENTO TÉCNICO DE CALIDAD, S. A. (Sociedades absorbidas)

Publicado en:
«BORME» núm. 92, páginas 15435 a 15436 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2006-92047

TEXTO

Anuncio de fusión

De conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas se comunica que los socios de Aseguramiento Atecsa, Sociedad Limitada, el socio único de las sociedades Valenciana de Servicios Integrales, Sociedad Limitada, sociedad unipersonal; Migral, Sociedad Limitada, sociedad unipersonal, y Vicebel, Sociedad Limitada, sociedad unipersonal, y los accionistas de Aseguramiento Técnico de Calidad, Sociedad Anónima, han decidido, el día 29 de abril de 2006, aprobar la fusión de las sociedades Aseguramiento Atecsa, Sociedad Limitada (sociedad absorbente), Valenciana de Servicios Integrales, Sociedad Limitada, sociedad unipersonal, Migral, Sociedad Limitada, sociedad unipersonal; Vicebel, Sociedad Limitada, sociedad unipersonal, y Aseguramiento Técnico de Calidad, Sociedad Anónima (sociedades absorbidas), mediante la absorción en un sólo acto de las cuatro últimas por parte de la primera. La fusión por absorción implicará la disolución sin liquidación de Valenciana de Servicios Integrales, Sociedad Limitada, sociedad unipersonal; Migral, Sociedad Limitada, sociedad unipersonal; Vicebel, Sociedad Limitada, sociedad unipersonal, y Aseguramiento Técnico de Calidad, Sociedad Anónima, y la transmisión en bloque de sus respectivos patrimonios sociales a Aseguramiento Atecsa, Sociedad Limitada, que adquirirá por sucesión universal los derechos y obligaciones de aquéllas, todo ello de conformidad con el proyecto de fusión de fecha 24 de abril de 2006. Los Balances de fusión aprobados son los cerrados, para todas las compañías participantes en la fusión, a 31 de octubre de 2005 (que coinciden con los Balances incluidos en las respectivas cuentas anuales de cada una de dichas entidades, correspondientes a los respectivos ejercicios sociales de las mismas cerrados, todos ellos, el 31 de octubre de 2005) . Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores, conforme al artículo 243.1 de la citada Ley, a oponerse a la fusión hasta que se les garanticen los créditos no vencidos en el momento de la publicación, de conformidad con el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio de fusión. Las operaciones contables de Valenciana de Servicios Integrales, Sociedad Limitada, sociedad unipersonal; Migral, Sociedad Limitada, sociedad unipersonal; Vicebel, Sociedad Limitada, sociedad unipersonal, y Aseguramiento Técnico de Calidad, Sociedad Anónima, se considerarán realizadas, a efectos contables, por cuenta de Aseguramiento Atecsa, Sociedad Limitada, desde el 1 de noviembre de 2005. Como consecuencia de la fusión los socios de Aseguramiento Atecsa, Sociedad Limitada, han acordado las siguientes modificaciones de los Estatutos de dicha sociedad:

1. En primer lugar, al amparo de lo dispuesto en el artículo 418 del Reglamento del Registro Mercantil, se ha decidido que Aseguramiento Atecsa, Sociedad Limitada, adopte la denominación social de una de las sociedades absorbidas, Aseguramiento Técnico de Calidad, Sociedad Anónima, por lo que la nueva denominación social de la sociedad absorbente será Aseguramiento Técnico de Calidad, Sociedad Limitada.

En consecuencia se ha modificado el artículo 1.º de los Estatutos sociales de Aseguramiento Atecsa, Sociedad Limitada, que pasará a tener el siguiente tenor literal:

«Artículo 1.º Denominación social.-La sociedad se denominará Aseguramiento Técnico de Calidad, Sociedad Limitada».

2. Por otra parte, al objeto de acomodar en el ámbito del objeto social de la sociedad absorbente las actividades que hasta la fecha de esta fusión venían desarrollando las sociedades absorbidas, los socios han acordado también modificar como consecuencia de la fusión el artículo 2.º de los estatutos sociales de Aseguramiento Atecsa, Sociedad Limitada, que pasará a tener el siguiente tenor literal:

«Artículo 2.º Objeto social.-Constituye el objeto de la sociedad: (a) Las funciones de inspección técnica, gestión y control en el ámbito de la seguridad, calidad y normativa industrial, cuando así lo establezca la Generalidad Valenciana, el Ministerio de Industria o cualquier otro organismo oficial competente.

(b) La prestación de servicios de asesoramiento a comerciantes, industriales y empresas a través de los oportunos profesionales en el campo de la promoción, estudios, proyectos, contratación, contabilidad y en general sobre gestión y administración de los mismos. (c) La explotación de canteras y minas, concertando suministros para su explotación, siempre conforme a la legislación vigente que pueda regir. (d) La adquisición, arrendamiento no financiero o venta de maquinaria destinada a toda clase de obras, sean públicas o privadas, incluyendo instalaciones productivas móviles, grúas y vehículos de transporte de material de todo tipo, sean tales vehículos de naturaleza terrestre, marítima o aérea. (e) La compra, venta, explotación, alquiler, arrendamiento financiero, parcelación y urbanización de solares, terrenos y fincas de cualquier naturaleza, pudiendo proceder a la edificación de los mismos y a su enajenación, íntegramente, en forma parcial o en régimen de propiedad horizontal. (f) El estudio, promoción, proyecto y realización de toda clase de obras públicas o privadas por contratación directa, licitación, concurso o subasta. (g) La compra, suscripción, tenencia, permuta y venta de valores mobiliarios nacionales y extranjeros, por cuenta propia y sin actividad de intermediación. Se exceptúan las actividades expresamente reservadas por la Ley a las instituciones de inversión colectiva, así como lo expresamente reservado por la Ley del Mercado de Valores a las agencias y/o sociedades de valores y bolsa.

La sociedad podrá desarrollar las actividades integrantes del objeto social, especificadas en los párrafos anteriores, total o parcialmente, de modo indirecto, mediante la titularidad de acciones o participaciones en Sociedades con objeto idéntico o análogo.» 3. Asimismo, se ha decidido trasladar el domicilio social de la sociedad absorbente a Gandía (Valencia) a la avenida Alcodar, número 30. En consecuencia, se ha modificado el artículo 5.º de los Estatutos sociales, que pasará a tener el siguiente tenor literal:

«Artículo 5.º Domicilio social.-La Sociedad tendrá su domicilio social en Gandía (Valencia), avenida Alcodar, número 30.

El órgano de administración es el órgano facultado para crear, suprimir o trasladar agencias, depósitos, representaciones, delegaciones y sucursales, en cualquier punto de España y del extranjero, así como para acordar el traslado del domicilio social dentro de la misma población.

Para trasladar el domicilio a otro término municipal, será preciso el Acuerdo de la Junta general de socios.»

Gandía (Valencia), 11 de mayo de 2006.-Los Administradores solidarios de Aseguramiento Atecsa, Sociedad Limitada, Fernando Ortiz Vaamonde y Alejandro Baigorri Moreno-Luque.-Los Administradores Mancomunados de Valenciana de Servicios Integrales, Sociedad Limitada, sociedad unipersonal; Migral, Sociedad Limitada, sociedad unipersonal, y Vicebel, Sociedad Limitada, sociedad unipersonal, Alejandro Baigorri Moreno-Luque y Manuel Trigo Casanueva.-El Administrador único de Aseguramiento Técnico de Calidad, Sociedad Anónima, la sociedad Aseguramiento Atecsa, Sociedad Limitada, representada por Manuel Trigo Casanueva.-29.248.

1.ª 18-05-2006.

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