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Documento BORME-C-2006-94326

POLICLÍNICA GIPUZKOA, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 94, páginas 15917 a 15917 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2006-94326

TEXTO

Junta General Ordinaria

Por acuerdo del Consejo de Administración de Policlínica Gipuzkoa, S.A., se convoca Junta general ordinaria de accionistas de la Sociedad a celebrar, a las 12 horas, el día 24 de junio de 2006, en primera convocatoria y, en su caso, el siguiente día a la misma hora en segunda, en el domicilio social, Paseo de Miramón n.° 174, Donostia-San Sebastián, al objeto de deliberar y decidir sobre el siguiente

Orden del día

Primero.-Examen y aprobación, en su caso, de las cuentas anuales de Policlínica Gipuzkoa, S.A., correspondientes al ejercicio 2005, así como la gestión del Consejo de Administración. Segundo.-Aprobación de la propuesta de aplicación del resultado correspondiente al ejercicio 2005. Tercero.-Autorización al Consejo de Administración para la adquisición derivativa de acciones propias, directamente o a través de sociedades del grupo, de conformidad con el artículo 75 de la Ley de Sociedades Anónimas, dejando sin efecto la autorización otorgada por la Junta General de accionistas de 25 de junio de 2005. Cuarto.-Modificación de los artículos 6.° y 7.º de los Estatutos (régimen de transmisión de las acciones y derechos). Quinto.-Modificación del artículo 28 de los Estatutos (régimen de convocatoria de la Junta General). Sexto.-Prórroga o nombramiento de auditores de cuentas de la Sociedad. Séptimo.-Delegación de facultades para la ejecución de los anteriores acuerdos.

Derecho de asistencia y representación: Tendrán derecho de asistencia a la Junta general los titulares de acciones que, con cinco días de antelación, hayan efectuado el depósito de sus acciones en la Caja Social o acrediten tenerlas depositadas en algún establecimiento bancario o las tenga inscritas en el Registro de acciones nominativas. Los accionistas con derecho de asistencia podrán hacerse representar en la Junta general por medio de otro accionista, siempre que éste no represente a persona jurídica, con sujeción a las formalidades y límites previstos en la Ley de Sociedades Anónimas. Se exceptúan los supuestos de representación a que se refiere el artículo 108 de la Ley de Sociedades Anónimas. Si se publicase un complemento a la presente convocatoria, los accionistas que hubiesen delegado su representación, podrán: (i) conferir de nuevo la representación con las correspondientes instrucciones de voto, respecto de la totalidad de los puntos del Orden del día (incluyendo tanto los puntos iniciales como los nuevos puntos incorporados mediante el complemento), en cuyo caso se entenderá revocada y quedará sin efecto alguno la representación otorgada con anterioridad; o (ii) completar las correspondientes instrucciones de voto al representante inicialmente designado (debiendo ser éste el mismo no pudiendo designarse otro) únicamente respecto de los nuevos puntos del orden del día incorporados mediante el complemento, por el mismo medio empleado en la delegación conferida originalmente.

Derecho de información: De conformidad con lo previsto en el artículo 144 l.c) de la Ley de Sociedades Anónimas se hace constar el derecho que corresponde a todos los accionistas de examinar en el domicilio social el texto íntegro de las propuestas de acuerdos a que se refieren los puntos 4.° y 5.° del orden del día y de los informes de los administradores sobre dichas propuestas de acuerdo, así como su derecho a solicitar la entrega o el envío gratuito de dichos documentos. Por aplicación de lo dispuesto en el artículo 212.2 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que corresponde a todos los accionistas a obtener de la Sociedad, de forma inmediata y gratuita, el texto íntegro de las cuentas anuales (Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias y Memoria) e Informe de Gestión referidos al ejercicio 2005, así como del informe del auditor de cuentas. Todo ello, sin perjuicio del derecho de información a que se refiere el artículo 112 de la Ley citada.

Acta notarial: Se hace constar que, como es habitual, los administradores han acordado requerir la presencia de Notario para que levante acta de la Junta General.

Donostia-San Sebastián, 16 de mayo de 2006.-El Presidente del Consejo de Administración, Roque Ascoz Lázaro.-30.742.

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