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Documento BORME-C-2007-105117

RENTA 4 GESTORA S.G.I.I.C., S. A. U. (Sociedad absorbente) GESDINCO GESTIÓN S.G.I.I.C., S. A. U. (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 105, páginas 18930 a 18930 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2007-105117

TEXTO

Anuncio de fusión

De conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales de accionistas de «Renta 4 Gestora SGIIC, S. A. U.» y «Gesdinco Gestión SGIIC, S. A. U.» celebradas, con el carácter de universal, el 3 de mayo de 2007 acordaron, por unanimidad, aprobar la fusión de dichas Sociedades mediante la absorción por «Renta 4 Gestora SGIIC, S. A. U.» de «Gesdinco Gestión SGIIC, S. A. U.», con aprobación de los balances de fusión cerrados al 31 de diciembre de 2006, ajustándose a los términos del proyecto de fusión, con la disolución, sin liquidación, de la Sociedad absorbida y el traspaso en bloque a título universal de todos sus patrimonios a «Renta 4 Gestora SGIIC, S. A. U».. La fusión fue acordada conforme al proyecto de fusión aprobado por los respectivos Consejos de Administración el 3 de mayo de 2007 y al procedimiento establecido en el artículo 250, apartado 2 de la Ley de Sociedades Anónimas. La fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad que se extingue se consideran realizadas, a efectos contables, por la absorbente será el 1 de enero de 2007, asumiendo «Renta 4 Gestora SGIIC, S. A. U.», por lo tanto, desde ese día, todos los riesgos, derechos y obligaciones derivados de dichas operaciones. No se conceden ventajas de ningún tipo a los Administradores de las Sociedades intervinientes en la fusión, ni a favor de los expertos independientes, ya que estos no han intervenido en la misma, ni derechos especiales para ningún tipo de acciones.

De acuerdo con lo establecido en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace constar el derecho que asiste a los accionistas, acreedores y personal de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de cada una de las Sociedades que se fusionan, que deberá ser ejercitado, en su caso, con arreglo a lo previsto en el artículo 166 de dicha Ley, durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha del último anuncio del presente acuerdo de fusión.

Madrid, 30 de mayo de 2007.-El Secretario de los Consejos de Administración, Antonio M.ª Malpica Muñoz.-37.798.

1.ª 4-6-2007

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