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Anunció de fusión
A los efectos de lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hacen públicas las decisiones adoptadas el día 28 de mayo de 2007 por el accionista único de las sociedades participantes en la fusión, que ejerciendo las competencias de Junta General Extraordinaria de cada y una de las sociedades participantes, decidió entre otros, la fusión de la sociedad «Lamberti Aditivos Cerámicos, Sociedad Anónima» Unipersonal (que tras la fusión cambiará su denominación actual por la de «Lamberti Iberia, Sociedad Anónima» Unipersonal), con la sociedad «Lamberti Química, Sociedad Anónima» Unipersonal, mediante la absorción que la sociedad «Lamberti Aditivos Cerámicos, Sociedad Anónima» Unipersonal hará de la sociedad «Lamberti Química, Sociedad Anónima» Unipersonal, con disolución sin liquidación de la entidad absorbida y transmisión en bloque de sus Activos y Pasivos a la sociedad absorbente, sucediendo ésta a título universal en todos los derechos y obligaciones a la sociedad absorbida, según los términos establecidos en el proyecto de fusión depositado en los Registros Mercantiles de Castellón y de Barcelona. La fusión no implica aumento de capital por parte de la sociedad absorbente por encontrarse la fusión proyectada en uno de los supuestos del artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas, según la nueva redacción derivada de la Disposición Final Primera de la Ley 19/2005, de 14 de noviembre sobre la sociedad anónima europea domiciliada en España, al estar tanto la sociedad absorbente como la absorbida íntegra y directamente participadas por la sociedad «Lamint, Societe a Responsabilite Limitee» titular del cien por cien del capital social de las sociedades fusionadas.
Los accionistas, acreedores y obligacionistas de cada una de la sociedades participantes en la fusión podrán solicitar el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los respectivos balances de fusión. Asimismo, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores y obligacionistas de las sociedades que participan en la fusión a oponerse en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión en los términos previstos en los artículos 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Vila-real (Castellón) y Castellar del Valles (Barcelona), 28 de mayo de 2007.-El Secretario del Consejo de Administración de «Lamberti Aditivos Cerámicos , Sociedad Anónima, Unipersonal (Sociedad absorbente), Don Mario Bandini, el Secretario del Consejo de Administración de la Sociedad «Lamberti Química, Sociedad Anónima, Unipersonal (Sociedad absorbida), Don Mario Bandini.-38.394. y 3.ª 11-6-2007
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