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Documento BORME-C-2007-110128

MUTUALIDAD DE PREVISIÓN SOCIAL A PRIMA FIJA DE CENTRO COOPERATIVO FARMACÉUTICO, SOCIEDAD COOPERATIVA LIMITADA (CECOFAR)

Publicado en:
«BORME» núm. 110, páginas 19750 a 19750 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2007-110128

TEXTO

Acuerdo de disolución y llamamiento a acreedores

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 263 de la Ley de Sociedades Anónimas, precepto aplicable por remisión del artículo 83 del Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, se hace público que en la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de la Mutualidad «Cecofar», ahora en disolución, celebrada en Sevilla el día 8 de mayo de 2007, se acordó por unanimidad proceder a la disolución de la «Mutualidad de Previsión Social a Prima Fija de Centro Cooperativo Farmaceutico (Cecofar), Sociedad Cooperativa Limitada». Asimismo, y en cumplimiento con lo previsto en el artículo 28.3 del Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de Seguros Privados, se hace llamamiento a los acreedores no conocidos de la entidad, para que en plazo de un mes presenten sus reclamaciones en la Oficina Liquidadora de la Mutualidad «Cecofar», Polígono Industrial El Pino, Parcela 20, 41016-Sevilla, adjuntando originales de la documentación justificativa. De no hacerlo así, no podrán ser incluidos en la lista de acreedores. Se comunica que los acreedores con domicilio en un Estado miembro del Espacio Económico Europeo distinto a España podrán presentar sus reclamaciones en cualquiera de las lenguas oficiales del Estado donde radique su domicilio, pero haciendo constar en castellano, en el encabezamiento, presentación de créditos.

Para cualquier consulta podrán dirigirse al teléfono 954 44 98 00 o al número de fax 954 44 99 36.

En Sevilla, 28 de mayo de 2007.-Los Liquidadores, Rafael Álvarez Colunga, José Zambrano López y Rafael Benítez Sánchez-Cid.-38.895.

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