Se hace público que la Junta general extraordinaria y universal de socios de la sociedad «Compañía Navarra de Servicios Integrales, S. A.», celebrada el día 27 de diciembre de 2006, aprobó, por unanimidad, la escisión parcial de la misma, mediante la segregación de una parte de su patrimonio que forma una unidad económica, a favor de la entidad de nueva creación «Sonacapolin, S. L.», quien adquirirá por sucesión a título particular todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado, en los términos y condiciones del proyecto de escisión suscrito por los Administradores de la sociedad parcialmente escindida y depositado en el Registro Mercantil de Navarra.
Se hace constar, de acuerdo con el artículo 242 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad «Compañia Navarra de Servicios Integrales, S. A.» a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de escisión. Los acreedores de la sociedad indicada pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes contado a partir del último anuncio de escisión.
Pamplona, 8 de enero de 2007.-Secretario Consejo de Administración, José Ignacio Ayerra Gurpegui.-1.118.
1.ª 16-1-2007
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