Contido non dispoñible en galego
El Consejo de Administración de Sage Logic Control, Sociedad Anónima (la «Sociedad») ha acordado, por unanimidad, en fecha 28 de mayo de 2007, convocar a los señores accionistas a la Junta general extraordinaria de accionistas a celebrar en el domicilio social, sito en la carretera Prats, n.º 122, Sabadell, Barcelona, el día 23 de julio de 2007, a las 13,00 horas, en primera convocatoria y, en su caso, el día 24 de julio de 2007, en idéntico lugar y hora, en segunda convocatoria, para deliberar y decidir sobre el siguiente
Orden del día
Primero.-Aprobación del Balance cerrado a 22 de julio de 2007. Segundo.-Transformación de la sociedad en sociedad de responsabilidad limitada. Tercero.-Modificación y aprobación de un nuevo texto refundido de los Estatutos sociales. Cuarto.-Aprobación del Balance de escisión parcial de fecha 28 de febrero de 2007. Quinto.-Aprobación del proyecto de escisión parcial así como aprobación de la operación en él proyectada. Dicha operación consistirá en la escisión de la unidad económica por la que la Sociedad vende y comercializa toda clase de productos y suministros de hardware y, complementariamente presta servicios de consultoría y mantenimiento del hardware, y distribuye software de terceros no pertenecientes al Grupo Sage. La unidad económica se traspasará a una sociedad de nueva creación denominada Logic Soluciones de Hardware, Sociedad Limitada, asumiendo los socios de la Sociedad en Logic Soluciones de Hardware, Sociedad Limitada idéntico número de participaciones que las que tienen en la Sociedad. Las nuevas participaciones darán derecho a participar en las ganancias sociales de Logic Soluciones de Hardware, Sociedad Limitada a partir de la fecha de emisión y adjudicación, que será la misma fecha de otorgamiento de la escritura de escisión. A efectos contables las operaciones de la rama de actividad que se segrega se considerarán realizadas por cuenta de Logic Soluciones de Hardware, Sociedad Limitada en la fecha en la que se otorgue la escritura de escisión parcial. Al tener todas las acciones los mismos derechos no existirán participaciones en Logic Soluciones de Hardware, Sociedad Limitada de clases especiales ni se incorporarán prestaciones accesorias a las mismas. Tampoco se otorgará ventaja de clase alguna a los administradores de las sociedades intervinientes en la escisión. Sexto.-Acogimiento de la escisión parcial al régimen previsto en el Capítulo VIII del Título VII del Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. Séptimo.-Otorgamiento de facultades. Octavo.-Ruegos y preguntas. Noveno.-Redacción, lectura y aprobación del acta.
Con respecto a la transformación, se hace constar, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 144.c) de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que corresponde a todos los accionistas a examinar en el domicilio social la modificación estatutaria propuesta y el informe de los administradores, así como el derecho para obtener la entrega o el envío gratuito de dichos documentos.
Con respecto a la escisión, se hace constar, en cumplimiento de lo previsto en los artículos 238, 240 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión de lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, el derecho que corresponde a todos los socios y titulares de derechos especiales, así como a los representantes de los trabajadores, a examinar en el domicilio social, toda la documentación que sea pertinente, así como el derecho para obtener la entrega o el envío gratuito de dichos documentos.
Sabadell (Barcelona), 21 de junio de 2007.-El Secretario del Consejo de Administración, Álvaro Ramírez López-Terradas.-42.800.
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