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Anuncio de reducción de capital a cero y posterior aumento de capital
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 165 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta General Extraordinaria de la expresada sociedad, en su reunión de fecha 28 de mayo de 2007, en primera convocatoria, acordó reducir el capital social a 0 euros (cero euros). Asimismo, se acordó aumentar el capital social en 849.566,00 euros (ochocientos cuarenta y nueve mil quinientos sesenta y seis euros) en metálico, mediante la emisión y puesta en circulación de 300.200 acciones ordinarias al portador, numeradas correlativamente de la número 1 a la 300.200 ambas inclusive, y de 2,83 euros (dos euros con ochenta y tres céntimos de euro) de valor nominal cada una de ellas, acordando la Junta expresamente admitir la posibilidad de la suscripción incompleta. De conformidad con lo previsto en el artículo 167 de la Ley de Sociedades Anónimas, no procede derecho de oposición de los acreedores debido a que la finalidad de la presente reducción de capital radica en restablecer el equilibrio entre el capital y el patrimonio de la sociedad. Consecuentemente con lo anterior, y en virtud del acuerdo de la Junta de Accionistas de la sociedad, se informa a los señores accionistas del derecho de suscripción preferente del que pueden hacer uso, en proporción al valor nominal de las acciones que actualmente poseen en el capital de la entidad, dentro del plazo de un mes a partir de la publicación del presente anuncio en el BORME, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 158 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas. Los accionistas podrán hacer el ingreso correspondiente al valor de las acciones que pretenden suscribir en la cuenta que la empresa tiene en Caixa Galicia, c/ General Mola, 27, Santander, CCC: 2091-0777-13-3040004214. Una vez que haya transcurrido dicho primer mes para el ejercicio del derecho de suscripción preferente y dentro del plazo del mes siguiente, cuyo cómputo se iniciará el día inmediatamente posterior al de la conclusión del mes previsto para el ejercicio del derecho de suscripción preferente, las acciones que no hayan sido suscritas, aún podrán ser ofrecidas de nuevo a los accionistas que hayan ejercitado su derecho de suscripción preferente en proporción al valor nominal de las acciones que hayan suscrito durante el plazo previsto para el ejercicio del derecho de suscripción preferente. Por último y para el caso de que transcurrido dicho segundo mes, aún resten acciones pendientes de suscripción, las mismas podrán ser ofrecidas por el Administrador Único de la sociedad, durante un mes más cuyo cómputo se iniciará el día siguiente al de la finalización del segundo mes, a cualquier persona física o jurídica, aún cuando sea extraña a la sociedad.
Como consecuencia de la reducción y posterior ampliación, el capital social se fija en la cifra de 849.566,00 euros (ochocientos cuarenta y nueve mil quinientos sesenta y seis euros), representado por 300.200 acciones ordinarias al portador de la misma clase y serie, y de 2,83 euros (dos euros con ochenta y tres céntimos de euro) de valor nominal cada una de ellas, modificándose en los citados términos el artículos 5 de los Estatutos Sociales.
El Astillero (Cantabria), 6 de junio de 2007.-El Administrador Único, Alfonso González García.-42.802.
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