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La Junta General de la sociedad escindida y de la sociedad beneficiaria de fecha 15 de mayo de 2007, adoptó, la primera, con el voto a favor del 93,86% del capital social y, la segunda, por unanimidad, la escisión parcial de la entidad Edmundo Bebie, Sociedad Anónima, mediante la segregación de parte de su patrimonio a partir del balance de 31 de octubre de 2006 anexado al proyecto y el balance de escisión cerrado a fecha 31 de diciembre de 2006, ambos aprobados en la misma junta, y su traspaso en bloque a la sociedad La Farga de Bebie, Sociedad Anónima.
Se hace constar el derecho que corresponde a los socios y acreedores de la sociedad escindida y de la sociedad beneficiaria de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de escisión, así como el derecho de los acreedores de la sociedad escindida y de la sociedad beneficiaria a oponerse a la escisión durante el plazo de un mes contado desde la fecha de la última publicación del anuncio de escisión, en los términos del artículo 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Barcelona, 15 de junio de 2007.-Don Ramón Berenguer Bremon, Secretario del Consejo de Administración de Edmundo Bebie, Sociedad Anónima.-D. Jorge Vallverdu Grau, Secretario del Consejo de Administración de La Farga de Bebie, Sociedad Anónima.-42.120.
1.ª 25-6-2007
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