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Anuncio de escisión.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas y artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que el accionista único y el socio único, respectivamente, de las sociedades «Securitas Seguridad España, Sociedad Anónima» (Sociedad Unipersonal) y «Securitas Transport Aviation Security, Sociedad Limitada» (Sociedad Unipersonal), con fecha 28 de junio de 2007, aprobaron la escisión parcial de la sociedad «Securitas Seguridad España, Sociedad Anónima» (Sociedad Unipersonal) (Sociedad Escindida), segregando una parte de su patrimonio en beneficio de la sociedad «Securitas Transport Aviation Security, Sociedad Limitada» (Sociedad Unipersonal) (Sociedad Beneficiaria). La escisión se acordó con respeto al Proyecto de Escisión que quedó depositado en el Registro Mercantil de Madrid con fecha 21 de junio de 2007, señalándose el día de otorgamiento de la correspondiente escritura pública de escisión como fecha a partir de la cual las operaciones de la unidad económica objeto de la aportación se habrán de considerar realizadas a efectos contables por la sociedad beneficiaria, y como fecha a partir de la cual el accionista único de la sociedad escindida habrá de participar en las ganancias sociales de la sociedad beneficiaria. Así mismo el accionista único de la Sociedad «Securitas Seguridad España, Sociedad Anónima», (Sociedad Unipersonal), como consecuencia de la escisión, decidió la reducción del capital social que se encontraba fijado en la cantidad de 46.003.144,05 euros, en la cifra de 2.510.117,91 euros, dejándolo establecido en la cifra de 43.493.026,14 euros. Igualmente resolvió reducir su cuenta de Reservas Voluntarias, que se encontraba fijada en la cuantía de 4.712.104 euros en la cuantía de 1.034.263,09 euros, quedando, en consecuencia, determinada en la cantidad de 3.677.840,91 euros. Por su parte, «Securitas Transport Aviation Security, Sociedad Limitada» (Sociedad Unipersonal) resolvió efectuar una ampliación de su capital social (que se encontraba fijado en la cifra de 303.512 euros), en la cifra de 3.544.381 euros, dejándolo establecido en la cifra de 3.847.893 euros.
Se hace constar expresamente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas el derecho que asiste a los accionista/socio y acreedores de las sociedades participantes en la escisión, de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los balances de escisión. Asimismo y en cumplimiento del artículo 243.2 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que participan en la escisión a oponerse al presente acuerdo en los términos establecidos en el artículo 166 de la mencionada Ley.
Madrid, 28 de junio de 2007.-El Secretario del Consejo de Administración de «Securitas Seguridad España, Sociedad Anónima», (Sociedad Unipersonal) don Manuel Morales Otal, y el Administrador Unico de «Securitas Transport Aviation Security, Sociedad Limitada» (Sociedad Unipersonal) don Eduardo González García.-44.746.
1.ª 2-7-2007
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