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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, aplicable por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que las Juntas General Universal de Socios «Obras y Edificaciones Vicmo, Sociedad Limitada», «Inmovi, Sociedad Limitada» (Sociedad Unipersonal), «Riposar, Sociedad Limitada» (Sociedad Unipersonal) y «Casino-Terrado, Sociedad Limitada» (Sociedad Unipersonal) celebradas el 30 de junio de 2.007, adoptaron, por unanimidad, entre otros, el siguiente acuerdo:
Aprobar la fusión por absorción, entre las Sociedades «Obras y Edificaciones Vicmo, Sociedad Limitada» (Sociedad Absorbente), e «Inmovi, Sociedad Limitada» (Sociedad Unipersonal), «Riposar, Sociedad Limitada» (Sociedad Unipersonal) y «Casino-Terrado, Sociedad Limitada» (Sociedad Unipersonal) (Sociedades Absorbidas), traspasando en bloque el patrimonio de las compañías absorbidas a la sociedad absorbente, subrogándose esta última en todos los derechos y obligaciones de aquéllas, con disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas, todo ello en los términos del Proyecto de fusión de fecha 8 de mayo de 2.007, depositado en el Registro Mercantil de Barcelona bajo el número 153.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las Sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de Fusión, así como el derecho de los acreedores a oponerse a la fusión en los términos previstos en los artículos 166, 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, aplicables por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada.
Barcelona, 2 de julio de 2007.-Firmado por Don Víctor Mora Ramos (Presidente y Consejero Delegado), Don Miguel Ángel Mora Ramos (Consejero Delegado), Doña Elena Ramos Terrado (Vocal) y Doña Elena Mora Ramos (Secretario No Consejero), del Consejo de Administración de «Obras y Edificaciones Vicmo, Sociedad Limitada» (Sociedad Absorbente), y de «Inmovi, Sociedad Limitada» (Sociedad Unipersonal), «Riposar, Sociedad Limitada» (Sociedad Unipersonal) y «Casino-Terrado, Sociedad Limitada» (Sociedad Unipersonal) (Sociedades Absorbidas).-45.330. 2.ª 10-7-2007
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