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Documento BORME-C-2007-132137

TEYTEL OPERACIONES, S. L. (Sociedad absorbente) TEYTEL TELECOM IBÉRICA, S. L. TEYTEL INGENIERÍA, S. L. TEYTEL PRODUCTOS, S. L. TEYTEL MADRID, S. L. TEYTEL LEVANTE, S. L. (Sociedades absorbidas)

Publicado en:
«BORME» núm. 132, páginas 23189 a 23189 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2007-132137

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que «Teytel, Sociedad Limitada», socio único de «Teytel Operaciones, Sociedad Limitada», «Teytel Telecom Ibérica, Sociedad Limitada», «Teytel Ingeniería, Sociedad Limitada», «Teytel Productos, Sociedad Limitada», «Teytel Madrid, Sociedad Limitada» y «Teytel Levante, Sociedad Limitada», decidió en fecha 25 de mayo de 2007 la fusión de las seis sociedades, mediante la absorción por «Teytel Operaciones, Sociedad Limitada», de las otras cinco, con entera transmisión del patrimonio de las absorbidas, incorporándose en bloque todos sus Activos y Pasivos a la sociedad absorbente, con disolución sin liquidación de las absorbidas, quedando la absorbente subrogada, a título universal, en todos los derechos y obligaciones de las absorbidas, sin limitación de ninguna clase. La fusión se acordó conforme al Proyecto de Fusión elaborado por los respectivos órganos de administración y debidamente depositado, con aprobación de los respectivos Balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2006. No existen en la sociedad absorbida ni en las absorbentes participaciones especiales de ninguna clase, ni derechos especiales distintos de las participaciones. No se atribuye ninguna clase de ventajas a los Administradores de la sociedad absorbente ni a los de las sociedades absorbidas. Dado que «Teytel, Sociedad Limitada» es socio único de la totalidad de las sociedades participantes en la fusión, no procede ampliación de capital ni canje de participaciones, por tratarse de una fusión simplificada en los términos del artículo 250.2 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y de los Balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan a ejercitar su derecho de oposición en los términos previstos en el artículo 166 de la LSA en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión.

Barcelona, Valencia y Madrid, 2 de julio de 2007.-Félix Arias Gabasa, representante de Teytel, S.L., Administrador único de Teytel Operaciones, S.L., Teytel Telecom Ibérica, S.L., Teytel Ingeniería, S.L., Teytel Productos, S.L., Teytel Madrid, S.L. y Teytel Levante, S.L.-46.219.

1.ª 11-7-2007

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