Anuncio de fusión
En cumplimiento de la legislación vigente, se hace público que el Accionista Único de Indra Sistemas de Seguridad, Sociedad Anónima (Sociedad Unipersonal) y el Accionista Único de Soluziona Seguridad, Sociedad Anónima (Sociedad Unipersonal), en sendas sesiones celebradas el 28 de junio de 2007, acordaron la fusión por absorción de Indra Sistemas de Seguridad, Sociedad Anónima (Sociedad Unipersonal), como sociedad absorbente, y Soluziona Seguridad, Sociedad Anónima (Sociedad Unipersonal), como sociedad absorbida, todo ello sobre la base de los respectivos balances de fusión cerrados a 31 de diciembre 2006, verificados por sus respectivos auditores (en ambos casos Kpmg, Auditores, Sociedad Limitada) en fecha 16 de marzo de 2007, y de conformidad con el proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Madrid con fecha 12 de junio 2007 y en el Registro Mercantil de Barcelona con fecha 13 de junio de 2007. La fusión se efectúa de conformidad al artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas por tratarse de la absorción de una sociedad íntegramente participada, ya que Indra Sistemas de Seguridad, Sociedad Anónima (Sociedad Unipersonal), es la titular del cien por cien del capital social de Soluziona Seguridad, Sociedad Anónima (Sociedad Unipersonal). En aplicación del citado artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas, no resulta necesaria la elaboración de un Informe de los Administradores, ni la intervención de expertos independientes. La fusión no contempla la ampliación de capital en Indra Sistemas de Seguridad, Sociedad Anónima, (Sociedad Unipersonal), no resultando tampoco de aplicación lo regulado para el tipo y procedimiento de canje de acciones. La totalidad de las operaciones llevadas a cabo por la sociedad absorbida se entenderán realizadas, a efectos contables, por cuenta de la sociedad absorbente desde el 1 de enero de 2007. No existen en la sociedad absorbida ninguna clase de acciones o derechos especiales, ni personas que tengan derechos especiales distintos de las acciones, ni tampoco van a atribuirse en Indra Sistemas de Seguridad, Sociedad Anónima (Sociedad Unipersonal), ventajas de ninguna clase a los administradores de las sociedades intervinientes en esta fusión por absorción. No se producen modificaciones en los estatutos sociales de Indra Sistemas de Seguridad, Sociedad Anónima (Sociedad Unipersonal), como consecuencia de la fusión. La fusión no conllevará modificación en la composición del órgano de administración de la sociedad absorbente. Los administradores de las sociedades que se fusionan han informado a sus respectivos Accionistas Únicos de que no se ha producido ningún hecho extraordinario o que modifique de manera importante el activo o el pasivo de las sociedades intervinientes en la fusión, lo que se hace constar a los efectos del artículo 238.2 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en los artículos 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado partir de la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.
Madrid, 10 de julio de 2007.-El Administrador Único de Indra Sistemas de Seguridad, Sociedad Anónima, (Sociedad Unipersonal), D. Angel Lucio Martín. Los Administradores Solidarios de Soluziona Seguridad, Sociedad Anónima (Sociedad Unipersonal), D. Santiago Roura Lama y D. Javier de Andrés González.-47.318.
1.ª 12-7-2007
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