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Documento BORME-C-2007-133108

TELE PIZZA, SOCIEDAD ANÓNIMA Sociedad unipersonal (Sociedad absorbente) MEDIMOSAL, SOCIEDAD LIMITADA Sociedad unipersonal PIZZATEL, SOCIEDAD LIMITADA Sociedad unipersonal SEDES, SOCIEDAD LIMITADA Sociedad unipersonal TELEPIZZA 1, SOCIEDAD ANÓNIMA Sociedad unipersonal TELEPIZZA GUADALAJARA, SOCIEDAD ANÓNIMA Sociedad unipersonal TELEPIZZA INSULAR, SOCIEDAD ANÓNIMA Sociedad unipersonal (Sociedades absorbidas)

Publicado en:
«BORME» núm. 133, páginas 23354 a 23355 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2007-133108

TEXTO

Anuncio de fusión

De conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas se comunica que con fecha 28 de junio de 2007, el accionista único de Tele Pizza, Sociedad Anónima Unipersonal (la «Sociedad Absorbente») y los socios y accionistas únicos de Medimosal, Sociedad Limitada Unipersonal, Pizzatel, Sociedad Limitada Unipersonal, Sedes, Sociedad Limitada Unipersonal, Telepizza 1, Sociedad Anónima Unipersonal, Telepizza Guadalajara, Sociedad Anónima Unipersonal y Telepizza Insular, Sociedad Anónima Unipersonal han aprobado la fusión de dichas sociedades mediante la absorción de las Sociedades Absorbidas por Tele Pizza, Sociedad Anónima Unipersonal. La fusión por absorción implicará la disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas y la transmisión en bloque de sus respectivos patrimonios sociales a Tele Pizza, Sociedad Anónima Unipersonal, que adquirirá por sucesión universal los derechos y obligaciones de aquéllas, todo ello de conformidad con el Proyecto de Fusión de fecha 28 de marzo de 2007, depositado en los Registros Mercantiles de Madrid, Guadalajara, Guipúzcoa, Las Palmas de Gran Canaria y Vizcaya. Los balances de fusión aprobados son los cerrados, para todas las sociedades participantes en la fusión, a 31 de diciembre de 2006 (que coinciden con los balances incluidos en las respectivas cuentas anuales de cada una de dichas entidades, correspondientes a los respectivos ejercicios sociales de las mismas cerrados, todos ellos, el 31 de diciembre de 2006). Las operaciones de las Sociedades Absorbidas se consideran realizadas a efectos contables por cuenta de la Sociedad Absorbente desde el día 1 de enero de 2007. No existen en las sociedades intervinientes en la fusión acciones o participaciones con derechos especiales, ni se otorgarán en la Sociedad Absorbente acciones o derechos especiales como consecuencia de la fusión. No se otorga ventaja alguna a los Administradores de las sociedades fusionadas ni al experto independiente interviniente en la fusión. Los accionistas, socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión tienen derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los balances de fusión, conforme a lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Se hace constar, asimismo, el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión, todo ello de conformidad con lo estipulado en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Madrid, 28 de junio de 2007.-Carlos Mallo Álvarez, Secretario del Consejo de Administración de Tele Pizza, Sociedad Anónima Unipersonal y de Medimosal, Sociedad Limitada Unipersonal; José Carlos Olcese Santoja, representante persona física del Administrador único de Pizzatel, Sociedad Limitada Unipersonal, Sedes, Sociedad Limitada Unipersonal, Telepizza 1, Sociedad Anónima Unipersonal, Telepizza Guadalajara, Sociedad Anónima Unipersonal y Telepizza Insular, Sociedad Anónima Unipersonal.-46.702. y 3.ª 12-7-2007

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