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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas Generales Universales de Socios de «Teytel, Sociedad Limitada» y de «Nubolinvest, Sociedad Limitada», y el socio único de «Ívyce Prevención, Sociedad Limitada» e «Indetel Levante, Sociedad Limitada», en fecha 25 de mayo de 2007 acordaron por unanimidad y decidieron la fusión de las cuatro sociedades, mediante la absorción por «Teytel, Sociedad Limitada», de las otras tres, con entera transmisión del patrimonio de las absorbidas, incorporándose en bloque todos sus Activos y Pasivos a la sociedad absorbente, con disolución sin liquidación de las absorbidas, quedando la absorbente subrogada, a título universal, en todos los derechos y obligaciones de las absorbidas, sin limitación de ninguna clase. La fusión se acordó conforme al Proyecto de Fusión elaborado por los respectivos órganos de administración y debidamente depositado, con aprobación de los respectivos Balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2006. No existen en la sociedad absorbida ni en las absorbentes participaciones especiales de ninguna clase, ni derechos especiales distintos de las participaciones. No se atribuye ninguna clase de ventajas a los Administradores de la sociedad absorbente ni a los de las sociedades absorbidas. Dado que «Teytel, Sociedad Limitada» es propietaria del 100 por 100 de las participaciones sociales de «Ívyce Prevención, Sociedad Limitada» y de «Indetel Levante, Sociedad Limitada», no procede aumentar el capital de la sociedad absorbente ni, en consecuencia, fijar tipo de cambio de las participaciones, ni procedimiento de canje respecto de la absorción de dichas dos compañías. Respecto de la absorción de «Nubolinvest, Sociedad Limitada», y dado que ésta es propietaria del 90,83 por 100 del capital de «Teytel, Sociedad Limitada», teniendo dicha participación un valor superior al valor neto de la propia «Nubolinvest, Sociedad Limitada», procede una reducción de capital de «Teytel, Sociedad Limitada» En canje de las 8.820.000 participaciones de «Nubolinvest, Sociedad Limitada», que desaparecen, se adjudican a los socios de esta última sociedad 3.363 participaciones sociales de «Teytel, Sociedad Limitada», que pertenecían a la propia «Nubolinvest, Sociedad Limitada», en proporción a la participación que dichos socios tenían en ésta.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos y de las decisiones adoptadas y de los Balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan a ejercitar su derecho de oposición en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión.
Barcelona, Valencia y en Madrid, 2 de julio de 2007.-Pablo Usandizaga Usandizaga, Secretario del Consejo de Administración de Teytel, S.L.; Federico Miroslav Solomka y Ferran Lemus Tomás, Administradores mancomunados de Nubolinvest, S.L., y Félix Arias Gabasa, representante de Teytel, S.L., Administrador único de Indetel Levante, S.L. e Ívyce Prevención, S.L.-46.218.
2.ª 12-7-2007
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