Contido non dispoñible en galego
Anuncio de escisión parcial
A los efectos de lo establecido en los artículos 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión de lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que en la Junta General Extraordinaria y Universal de la sociedad «Edificaciones Alcaraz, Sociedad Limitada», celebrada el 30 de junio de 2007, se acordó por unanimidad la escisión parcial de la entidad «Edificaciones Alcaraz, Sociedad Limitada» sin extinción de ésta, mediante la segregación de una parte de su patrimonio y aportación a la sociedad de nueva creación «Edifugit Holding, Sociedad Limitada», que es la sociedad beneficiaria de la escisión, que asumirá el patrimonio segregado de la sociedad escindida, en los términos establecidos en el proyecto de escisión depositado en el Registro Mercantil de Barcelona, el 14 de junio de 2007.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho de los socios y acreedores de las sociedades que participan en la escisión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de escisión de fecha 31 de diciembre de 2006 así como el derecho de los acreedores de las sociedades participantes, a oponerse a la escisión dentro del plazo de un mes a contar desde la publicación del tercer y último anuncio de escisión, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 243, de la citada Ley.
Barcelona, 30 de junio de 2007.-El Administrador de la Sociedad escindida Edificaciones Alcaraz, Sociedad Limitada, Manuel Alcaraz Puig.-46.604. y 3.ª 13-7-2007
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