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Documento BORME-C-2007-137074

GESTIÓN Y CONTROL DE SERVICIOS DE ABASTECIMIENTO DE AGUA, S. L. Unipersonal (Sociedad absorbente) GESTIÓN DE CANALIZACIONES CORDOBESAS, S. L. Unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 137, páginas 23899 a 23899 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2007-137074

TEXTO

Anuncio fusión

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace público que las Juntas Generales Ordinarias-Extraordinarias y Universales celebradas por «Gestión y Control de Servicios de Abastecimiento de Agua, Sociedad Limitada Unipersonal» y «Gestión de Canalizaciones Cordobesas, Sociedad Limitada Unipersonal» los días 26 y 25 de junio de 2007, respectivamente, acordaron por unanimidad, aprobar la fusión de «Gestión y Control de Servicios de Abastecimiento de Agua, Sociedad Limitada Unipersonal» con «Gestión de Canalizaciones Cordobesas, Sociedad Limitada Unipersonal» mediante la absorción por la primera de la siguiente. La sociedad absorbente adquiere a título de sucesión universal todos los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida con disolución sin liquidación de esta última en los términos del proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Málaga y en el Registro Mercantil de Córdoba, los días 20 de junio de 2007 y 19 de junio de 2007, respectivamente. No hay necesidad de ampliación de capital por ser la sociedad absorbente titular de todas las acciones sociales de la sociedad absorbida, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas. La sociedad absorbente conservará su denominación, sin que se modifiquen tampoco sus Estatutos. Todos los documentos a que hace referencia el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas están a disposición de los socios y demás interesados para su examen en el domicilio social con excepción de los informes de los expertos independientes y los informes de los Órganos de Administración de las sociedades participantes en la fusión, por no ser estos documentos necesarios de conformidad con lo establecido en el artículo 250.2 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.

En cumplimiento de los artículos 242 y 243 de la misma Ley de Sociedades Anónimas se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y los Balances de fusión, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas en el plazo de un mes a partir de la fecha de la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

Málaga, 27 de junio de 2007.-El Administrador único de las sociedades «Gestión y Control de Servicios de Abastecimiento de Agua, Sociedad Limitada Unipersonal» y «Gestión de Canalizaciones Cordobesas, Sociedad Limitada Unipersonal», Alfredo Rubio Fernández.-47.257. y 3.ª 18-7-2007

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