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Documento BORME-C-2007-138023

BURSÁTIL 2000, SICAV, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 138, páginas 24080 a 24080 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2007-138023

TEXTO

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 165 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta general ordinaria de accionistas de Bursátil 2000 SICAV, Sociedad Anónima, en su reunión de 29 de junio de 2007, acordó reducir la cifra de capital social inicial y máximo como sigue:

Se acuerda por unanimidad reducir la cifra de capital social inicial para la devolución de aportaciones a los accionistas, de 3.000.000 euros actuales, representado por 500.000 acciones de 6 euros de valor nominal, a 2.400.000 euros, representado por 400.000 acciones de 6 euros de valor nominal, esto es 600.000 euros. Asimismo, y como consecuencia de lo anterior, se acuerda por unanimidad la reducción del capital estatutario máximo, de 30.000.000 de euros actuales, representado por 5.000.000 de acciones a 24.000.000 de euros, esto es seis millones de euros, representado por 4.000.000 de acciones, reduciendo en la cifra de 1.000.000 el número de acciones que no se encuentran en circulación, es decir, que no han sido suscritas ni desembolsadas.

La reducción de capital inicial se efectúa mediante el procedimiento de amortizar acciones en circulación de la sociedad. Como consecuencia de la reducción de capital social se abonará a los accionistas la suma global de seiscientos mil euros. En consecuencia con lo anterior, se modifica el artículo 5 de los estatutos sociales cuya nueva redacción es la siguiente:

«1. El capital social inicial queda fijado en dos millones cuatro cientos mil euros, representado por cuatrocientas mil acciones nominativas, de seis euros nominales cada una, y está íntegramente suscrito y desembolsado.

2. El capital estatutario máximo se establece en veinticuatro millones de euros, representado por cuatro millones de acciones nominativas, de seis euros nominales cada una. 3. Dentro de los límites del capital estatutario máximo y del inicial establecidos, la sociedad podrá aumentar o disminuir el capital correspondiente a las acciones en circulación mediante la venta o adquisición de las mismas, en los términos establecidos legalmente, sin necesidad de acuerdo de la Junta general.»

La reducción de capital social acordada deberá ejecutarse en un plazo máximo de dos meses a partir de la fecha de publicación del último de los anuncios de reducción de capital.

Los acreedores de la sociedad podrán oponerse a la reducción de capital, en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de reducción, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Madrid, 9 de julio de 2007.-El Secretario del Consejo de Administración RBC Dexia Investor Services Activos, Sociedad Anónima, Por Poder Don Rafael Carrasco Caballero.-48.199.

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