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Documento BORME-C-2007-14003

ÁLVARO DOMECQ, S. L.

Publicado en:
«BORME» núm. 14, páginas 2265 a 2265 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2007-14003

TEXTO

La Junta General de Socios, celebrada el 21 de diciembre de 2006, acordó aumentar el capital social en la cuantía y condiciones que a continuación se indican, a los efectos de posibilitar el ejercicio por los socios de la sociedad de su derecho de asunción preferente:

1. Aumentar el capital social de la compañía en la cifra de 200.734 euros, mediante la creación de 33.400 nuevas participaciones sociales de 6,01 euros cada una y numeradas correlativamente del 66.801 a 100.200, ambos inclusives, con los mismos derechos que las preexistentes.

2. Las nuevas participaciones sociales se emiten por su valor nominal de 6,01 euros y con una prima de emisión global de 1,799.258 euros, equivalente a 53,87 euros por participación. 3. El valor nominal de las participaciones emitidas y el importe de la prima de emisión debe ser íntegramente desembolsado en el momento de la asunción mediante aportaciones dinerarias. 4. Los socios de la compañía son titulares del derecho de asunción preferente que la Ley les otorga, en la proporción que corresponda al valor nominal de las antiguas participaciones, y a razón de una participación nueva por cada dos antiguas. 5. Los señores socios pueden usar de su derecho de asunción preferente en el plazo de un mes contado desde la publicación del anuncio de oferta de suscripción de esta emisión en el «Boletín Oficial del Registro Mercantil». 6. Durante el plazo de asunción, los socios pueden asumir las participaciones mediante comunicación dirigida a esta sociedad, a la que acompañará certificación o resguardo acreditativo del ingreso del 100% del valor nominal de las participaciones objeto de suscripción así como del importe integro de la prima de emisión en la cuenta corriente que Alvaro Domecq, S. L. mantiene en la entidad financiera La Caixa, y cuyo código es el siguiente: 2100.2922.64.0200099710. Las participaciones sociales no asumidas serán ofrecidas por el Consejo de Administración a quienes sí lo hubiera ejercitado, para su asunción y desembolso durante un plazo se quince días a contar desde la conclusión del plazo de un mes para el ejercicio del derecho de adquisición preferente antes referido en idénticas condiciones a las acordadas. Si existieran varios socios interesados en asumir las participaciones ofrecidas, éstas se adjudicarán en proporción a las que cada uno de ello ya tuviera en la Sociedad. 7. Caso de no ser asumido íntegramente el aumento de capital dentro del plazo fijado, se declararán en asunción incompleta, quedando aumentado el capital en la cuantía de las asunciones efectuadas, de conformidad con el art. 77 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada.

Todo lo cual se pone en público conocimiento de conformidad a lo prevenido en el art. 75 de la vigente Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada.

En Jerez de la Frontera, a 8 de enero de 2007.-El Secretario del Consejo de Administración, Javier Manrique Plaza.-1.586.

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