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Documento BORME-C-2007-140110

MAIMONA INVERSIONES, S.I.C.A.V., S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 140, páginas 24319 a 24319 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2007-140110

TEXTO

Se hace público, para el general conocimiento, y en cumplimiento de lo previsto en los artículos 147 y 150 del Texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas y 163 del Reglamento del Registro Mercantil, que por acuerdo de la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas celebrada en segunda convocatoria, el 29 de junio de 2007, en el domicilio social, a las catorce horas, se acordó por unanimidad, entre otros acuerdos que no los contradicen, y como consecuencia de la renuncia voluntaria al estatuto de Institución de Inversión Colectiva de la Sociedad, adaptar los Estatutos Sociales, modificando, entre otros, la denominación social de Maimona Inversiones, S.I.C.A.V., Sociedad Anónima, que en lo sucesivo girará bajo la denominación social Maimona Inversiones, Sociedad Anónima, modificando el artículo 1.º de los Estatutos Sociales; así como el objeto social de la Sociedad, quedando redactados ambos artículos estatutarios 1 y 2 en los siguientes términos:

«Artículo 1. Denominación social y régimen jurídico. Con la denominación de Maimona Inversiones, Sociedad Anónima, se constituye una Sociedad Anónima, de nacionalidad española, que se regirá por los presentes Estatutos y, en todo cuanto no esté previsto en los mismos, por las disposiciones legales vigentes que resulten de aplicación.»

«Artículo 2. Objeto social.

1. La Sociedad tiene por objeto la tenencia e inversión de activos financieros, obligaciones, acciones, participaciones de otras compañías, así como la compra, venta, arrendamiento y gravamen, en cualquiera de sus formas, de valores, a excepción del arrendamiento financiero y de las actividades reservadas a las entidades de inversión colectiva, sociedades y agencias de valores.

2. El objeto social incluye la prestación de servicios a sus filiales de carácter administrativo, informático, laboral, contable, de investigación y desarrollo e innovación tecnológica, así como todos aquellos que puedan suponer un apoyo a la gestión de dichas entidades. 3. También engloba los servicios financieros, tales como los de gestión y colocación de los recursos propios y los del grupo empresarial del que forme parte, y la prestación de cualesquiera otros servicios a las entidades participadas y a otras entidades vinculadas. 4. Quedan excluidas del objeto social aquellas actividades para cuyo ejercicio la Ley exija requisitos especiales que no queden cumplidos por esta Sociedad. 5. Si las disposiciones legales exigiesen para el ejercicio de algunas de las actividades comprendidas en el objeto social algún título profesional, autorización administrativa, o inscripción en Registros públicos, dichas actividades deberán realizarse por medio de persona que ostente dicha titularidad profesional y, en su caso, no podrán iniciarse antes de que se hayan cumplido los requisitos administrativos exigidos.

6. Las actividades integrantes del objeto social podrán ser desarrolladas por la Sociedad ya sea directa o indirectamente mediante la titularidad de acciones o participaciones en sociedades con objeto idéntico o análogo.»

Madrid, 2 de julio de 2007.-El Secretario del Consejo de Administración, Paloma Toubes Torres.-48.437.

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