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Anuncio de canje
Según lo previsto en el Proyecto de Fusión por absorción de Valenciana de Negocios, S.A. y Crónica Mítica Valenciana, S.A. por Libertas 7, S.A. y lo acordado por la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Valenciana de Negocios, S.A., celebrada el día 18 de junio de 2007 y por la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Libertas 7, S.A. y la Junta Universal de Crónica Mítica Valenciana, S.A, celebradas el día 19 de junio de 2007, respectivamente, se hace público el régimen y procedimiento de canje de las acciones de Valenciana de Negocios, S.A., y Crónica Mítica Valenciana, S.A. por acciones de Libertas 7, S.A.
Procedimiento de canje: El canje de las acciones de Valenciana de Negocios, S.A. y Crónica Mítica Valenciana, S.A por acciones nuevas de Libertas 7, S.A. tendrá lugar en la fecha de inscripción de la fusión en el Registro Mercantil de Valencia. Está previsto que el día 27 de julio de 2007 se inscriba la escritura de fusión en el Registro Mercantil de Valencia, y que, consecuentemente, el día 27 de julio de 2007 sea el último día de cotización de las acciones de Valenciana de Negocios, S.A. Las acciones de Valenciana de Negocios, S.A. y Crónica Mítica Valenciana, S.A. quedarán extinguidas como consecuencia de la fusión.
Los accionistas de Valenciana de Negocios, S.A. que aparezcan inscritos como titulares en el correspondiente registro contable de anotaciones en cuenta, en la fecha de inscripción de la escritura de fusión en el Registro Mercantil de Valencia, tendrán derecho a canjear sus acciones por acciones de Libertas 7, S.A., según la relación de canje fijada en el Proyecto de Fusión, es decir, una con trescientos treinta y cuatro (1,334) acciones de nueva emisión de Libertas 7, S.A., representada por medio de anotaciones en cuenta, de 0,50 euros de valor nominal cada una, de iguales características y derechos» que las existentes en el momento de la emisión, por cada una (1) acciones ordinarias de Valenciana de Negocios, S.A., de 1 euro de valor nominal cada una. Los accionistas de Crónica Mítica Valenciana, S.A. podrán efectuar el canje mediante la presentación de cualquier documentación que acredite la titularidad de las acciones de Crónica Mítica Valenciana, S.A., teniendo derecho a canjear sus acciones en la fecha de inscripción de la escritura de fusión en el Registro Mercantil de Valencia, según la relación de canje fijada en el Proyecto de fusión, es decir: Tres (3) acciones de nueva emisión de Libertas 7, S.A., representada por medio de anotaciones en cuenta, de 0,50 euros de valor nominal cada una, de iguales características y derechos que las existentes en el momento de la emisión, por ochenta y cuatro (84) acciones ordinarias de Crónica Mítica Valenciana S.A., de 1 euro de valor nominal cada una; y tres (3) acciones de nueva emisión de Libertas 7, S.A., representada por medio de anotaciones en cuenta, de 0,50 euros de valor nominal cada una, de iguales características y derechos que las existentes en el momento de la emisión, por ciento uno con veinte (101,20) acciones ordinarias de Crónica Mítica Valenciana S.A., de 0,83 euros de valor nominal cada una. El canje se efectuará automáticamente a través de las entidades depositarias, siendo de aplicación el artículo 59 de le Ley de Sociedades Anónimas en lo que proceda, y actuando el Banco de Valencia, S.A. como entidad agente, quien recibirá los documentos que acrediten la titularidad de las acciones de Valenciana de Negocios, S.A. y Crónica Mítica Valenciana, S.A y llevará a cabo las demás operaciones ligadas al procedimiento de canje, Sistema de picos o fracciones: Para evitar que los accionistas de Valenciana de Negocios, S.A. y Crónica Mítica Valenciana, S.A que sean titulares de un número de acciones que por aplicación del tipo de canje de la fusión no dé derecho a recibir un número entero de acciones de Libertas 7, S.A., tengan que agruparse o transmitir su derecho según dicha paridad, se ha establecido un sistema de adquisición de picos o fracciones de acción. Habida cuenta de que la relación de canje de la fusión equivale a la entrega de una con trescientas treinta y cuatro (1,334) acciones de nueva emisión de Libertas 7, S.A. por cada una (1) acción de Valenciana de Negocios, S.A., llegada la fecha, cada accionista de Valenciana de Negocios, S.A. podrá transmitir las fracciones o picos de acciones al Banco de Valencia, que actuará como Agente de Picos. Por su parte, cada accionista de Crónica Mítica Valenciana, S.A. que ostente la titularidad de acciones de la «Serie A» y/ o «Serie B» que, por aplicación de la mencionada relación de canje, no sea titular de un número de acciones de Crónica Mítica Valenciana, S.A. que sea múltiplo de 84 ó 101,20, respectivamente, podrá transmitir las fracciones o picos de acciones al Banco de Valencia, que actuará como Agente de Picos, El precio de adquisición de cada pico será igual al resultado de multiplicar el pico por el valor atribuido a estos efectos o la acción de Libertas 7, S.A. En este sentido, se ha fijado como valor de la acción de Libertas 7, S.A. el correspondiente a la media aritmética del precio de cotización de las últimas diez sesiones anteriores a la fecha de la inscripción de la fusión en el Registro Mercantil.
El Banco de Valencia, S.A. ha asumido el compromiso de adquirir dichos «Picos» a los accionistas de Valenciana de Negocios, S.A. y Crónica Mítica Valenciana, S.A. que se los transmitan en las condiciones descritas.
Valencia, 23 de julio de 2007.-La Secretaria de los Consejos de Administración de Libertas 7, S.A. y Valenciana de Negocios, S.A., Elsa Andrés Sanchís y el Secretario de Crónica Mítica Valenciana, S.A., Julio García Candela.-50.443.
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