A efectos de lo previsto en el artículo 263 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Asamblea general extraordinaria de mutualistas de esta entidad de fecha 15 de junio de 2006, acordó la disolución de la misma sometida a una serie de condiciones suspensivas cuya completa efectividad se ha producido el 31 de diciembre de 2006. Y a los efectos previstos en el artículo 87 del Reglamento de Ordenación de los Seguros Privados, se comunica a los eventuales acreedores no conocidos que cualquier pasivo no adecuadamente registrado o contabilizado que pudiera resultar en contra de la entidad disuelta ha quedado asumido por:«Mapfre Automoviles, Sociedad Anonima de Seguros y Reaseguros», de tratarse de pasivos derivados del ejercicio de la explotación económica de la entidad disuelta;
por «Cartera Mapfre, S. L.», de tratarse de pasivos distintos de los referidos en el punto anterior; ambas con domicilio en carretera de Pozuelo, n.º. 52, Majadahonda (Madrid).
Madrid, 17 de enero de 2007.-El Secretario.-2.936.
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