Content not available in English
Anuncio de fusión
En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, en relación con el art. 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se comunica que las Juntas generales universales de todas y cada una de las sociedades mencionadas, celebradas el pasado día 30 de junio de 2007, aprobaron por unanimidad la fusión de todas ellas, mediante la absorción por Hogarsur Grupo Inmobiliario, S.A.U., de Hogarsur Inversiones, S.A.U., Percaoil, S.L.U., Pádel Jacaranda, S.L.U., Club de Pádel Duna del Águila, S.L.U., Hogarsur Servicios Urbanos, S.A.U. y Surplus, S.A.U., adquiriendo la primera, por sucesión universal, el patrimonio de las sociedades absorbidas, las cuales quedarán disueltas y extinguidas, sin apertura de período de liquidación, con el traspaso a la sociedad absorbente de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen el patrimonio de aquéllas. La fusión tendrá efectos contables a partir del 1 de enero de 2007. Se hace constar que los señores socios, acreedores y trabajadores, así como sus representantes, de cualquiera de las sociedades participantes en la fusión, tienen el derecho de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, del proyecto y de los Balances de fusión, que son los cerrados a 31 de diciembre de 2006, los cuales se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales.
Asimismo se hace saber que los acreedores podrán oponerse a la fusión en los términos previstos en el art. 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, en el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio de fusión en los términos del art. 166 de dicha Ley.
El Puerto de Santa María (Cádiz), 17 de julio de 2007.- Manuel Fernández Ferrer, como Presidente de los Consejos de Administración de Hogarsur Grupo Inmobiliario, S.A.U. y de Hogarsur Inversiones S.A.U.; Emilio Valero Quintana, como Presidente de los Consejos de Administración de Hogarsur Servicios Urbanos, S.A.U. y Surplus, S.A.U.; y Don Antonio M. Palma García, como representante de la Administradora única de Percaoil, S.L.U., Pádel Jacaranda, S.L.U. y Club de Pádel Duna del Águila, S.L.U.-53.127. 1.ª 13-8-2007
State Agency Official State Gazette
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid