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Documento BORME-C-2007-156023

DISTRIBUIDORA ITÁLICA, S. A. (Sociedad escindida) DISTRIBUIDORA ITÁLICA, S. L AFAL PARTNERS, S. L. (Sociedades beneficiarias)

Publicado en:
«BORME» núm. 156, páginas 26719 a 26719 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2007-156023

TEXTO

Anuncio de escisión total

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada y con los artículos 234, 235, 254, 255 y demás concordantes del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias de socios de las sociedades «Distribuidora Itálica, Sociedad Anónima», «Afal Partners, Sociedad Limitada» y «Distribuidora Itálica, Sociedad Limitada», celebradas el 22 de junio de 2007 con carácter universal, acordaron por unanimidad la escisión total de «Distribuidora Itálica, Sociedad Anónima», y el traspaso de la totalidad de su patrimonio social a las sociedades beneficiarias «Afal Partners, Sociedad Limitada» (de nueva creación), y «Distribuidora Itálica, Sociedad Limitada» (de nueva creación que adopta la denominación de la escindida conforme al art. 418.2 del RMM) todo ello conforme al proyecto de escisión total suscrito por los Órganos de Administración de la sociedad escindida y de las sociedades beneficiarias con fecha 4 de junio de 2007 y depositado en el Registro Mercantil de Madrid con fecha 19 de junio de 2007, y conforme al Informe de los Administradores suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes. La escisión tendrá efectos desde el día 1 de enero de 2007, fecha a partir de la cual se considerarán realizadas las operaciones de la sociedad escindida, a efectos contables, por cuenta de las sociedades beneficiarias de la escisión. La escisión se acordó sin conceder ventajas especiales a los miembros del Órgano de Administración de las sociedades intervinientes. Las sociedades beneficiarias «Afal Partners, Sociedad Limitada» y «Distribuidora Itálica, Sociedad Limitada» recibirán los Activos y Pasivos de la escindida conforme a lo expuesto en el proyecto de escisión.

De conformidad con lo previsto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios, acreedores y trabajadores de las Sociedades afectadas de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de escisión y que asimismo a los acreedores de cada una de las sociedades les asiste el derecho de oposición a la escisión, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Madrid, 22 de junio de 2007.-El Consejo de Administración de «Distribuidora Itálica, Sociedad Anónima» Ángel García Martínez, Alberto García Puertas y Fernando García Puertas; Los Administradores Solidarios de «Distribuidora Itálica, Sociedad Limitada» Alberto García Puertas y Fernando García Puertas; y los Administradores Solidarios de «Afal Partners, Sociedad Limitada», Alberto García Puertas y Fernando García Puertas.-52.831.

2.ª 14-8-2007

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