Contido non dispoñible en galego
Acuerdo de fusión o absorción
El administrador único de la Sociedad absorbente y el administrador único de la Sociedad absorbida, han adoptado en fecha 10 de abril del 2007, la decisión de fusionar ambas sociedades mediante la absorción de la Sociedad absorbida por la Sociedad absorbente.
De conformidad con al artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho de los accionistas y acreedores de la Sociedad absorbente y de la Sociedad absorbida, a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado y el balance de fusión. Asimismo se hace constar el derecho de oposición a la fusión que puedan ejercer los acreedores, durante el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio de fusión de conformidad con el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Logroño, 25 de junio de 2007.-D. Rafael Álvarez Morán, Administrador único de las sociedades absorbente y absorbida.-52.781. y 3.ª 16-8-2007
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