Contingut no disponible en català
De conformidad con el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada y con el artículo 242 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas Generales Universales de «Montepinos Selección de Alimentos Frescos, Sociedad Limitada» y de «Selección de Perecederos, Sociedad Limitada», celebradas el 29 de junio de 2007, respectivamente aprobaron, por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante absorción por «Monte Pinos Selección de Alimentos Frescos, Sociedad Limitada» de «Selección de Perecederos, Sociedad Limitada», conforme a lo dispuesto en el proyecto de fusión suscrito por los órganos de administración de las sociedades y depositado en el Registro Mercantil de Madrid el 28 de junio de 2007, extinguiéndose y disolviéndose sin liquidación «Selección de Perecederos, Sociedad Limitada», transmitiendo en bloque su patrimonio social a «Monte Pinos Selección de Alimentos Frescos, Sociedad Limitada», y en consecuencia la sociedad absorbente se subroga en todos los derechos y obligaciones de la entidad absorbida, sin limitación alguna, tomando el día 1 de enero de 2007, como fecha a partir de la cual las operaciones que se realicen por la sociedad absorbida se considerarán computables, a efectos contables, en la sociedad absorbente. La fusión se acordó con la aprobación de los respectivos balances de fusión del 31 de diciembre de 2006, y con la ampliación de capital que se establecía en el proyecto de fusión, y sin conceder ventajas especiales a los miembros de los órganos de administración, ni a los expertos independientes, quedando subrogada la absorbente en todas las relaciones jurídicas y económicas de la sociedad absorbida.
De conformidad con lo previsto en los artículos 242 y 243 del la Ley de Sociedades Anónimas se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades afectadas de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión de cada una de las sociedades y que asimismo a los acreedores de las sociedades fusionadas les asiste el derecho de oposición a la fusión, durante el transcurso de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de los acuerdos adoptados en las respectivas Juntas Generales Universales, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Madrid, 29 de junio de 2007.-El Consejo de Administración de «Monte Pinos Selección de Alimentos Frescos, Sociedad Limitada», José María Gutiérrez Renales, Juan José Herrera Mejías, Pedro Medina Peña, y el Consejo de Administración de «Selección de Perecederos, Sociedad Limitada», José María Gutiérrez Renales, Juan José Herrera Mejías, Pedro Medina Peña.-53.647.
2.ª 17-8-2007
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid