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Documento BORME-C-2007-163027

SOCIEDAD ANÓNIMA DAMM

Publicado en:
«BORME» núm. 163, páginas 27789 a 27789 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2007-163027

TEXTO

Ampliación de capital liberada

La Junta general ordinaria de accionistas de «Sociedad Anónima Damm» celebrada el 25 de mayo de 2007 acordó el aumento del capital social íntegramente con cargo a reservas mediante la asignación gratuita a cada accionista de una nueva acción por cada 30 acciones que posea, proveyéndose la suscripción incompleta y la negociabilidad de los derechos de asignación de las nuevas acciones, con delegación en el Consejo de Administración para fijar las restantes condiciones de la emisión. En ejecución de dichos acuerdos y haciendo uso de la delegación conferida por la Junta general, el 26 de julio de 2007 el Consejo de Administración adoptó, entre otros, los siguientes acuerdos:

Primero.-Aumentar el capital social con cargo a reservas mediante la emisión de hasta 7.389.154 nuevas acciones de 0,20 euros de valor nominal cada una, totalmente liberadas.

Segundo.-Las nuevas acciones serán asignadas gratuitamente en la proporción de una nueva acción por cada treinta acciones que posea cada accionista el día 31 de agosto de 2007. Tercero.-La negociación de los derechos de asignación de las nuevas acciones podrá efectuarse en el período comprendido entre los días 1 y 15 de septiembre de 2007, ambos inclusive. Cuarto.-En caso de no completarse la asignación de las nuevas acciones durante el mencionado período por la posible existencia de picos o restos que lo impidan, el capital quedaría aumentado en la cuantía del valor nominal de las acciones efectivamente asignadas. Quinto.-Desde el mismo momento de su emisión las nuevas acciones tendrán los mismos derechos políticos y económicos que las que ya se hallen en circulación. Sexto.-Solicitar la admisión a negociación de las nuevas acciones en la Bolsa de Valores de Barcelona.

Las órdenes de suscripción o asignación gratuita de las nuevas acciones y de negociación de los derechos de asignación gratuita de las mismas deberán tramitarse a través de las entidades participantes en el «Servicio de Compensación y Liquidación de la Bolsa de Valores de Barcelona», actuando como entidad agente de la operación «G.V.C. Sociedad de Valores, Sociedad Anónima».

De acuerdo con el artículo 30 bis 1.e/ de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, y con el artículo 38.1.e/ del Real decreto 1310/2005 de desarrollo parcial de la misma, no existe obligación de aportación de folleto alguno para la suscripción de las nuevas acciones ni para la admisión a negociación de las mismas.

Barcelona, 27 de julio de 2007.-El Secretario del Consejo de Administración, Ramón Agenjo Bosch.-54.594.

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