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Oferta de suscripción de nuevas acciones
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 158 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la mercantil Zumos Valencianos del Mediterráneo, Sociedad Anónima, celebrada el día 11 de septiembre de 2007, ha acordado aumentar el capital social en la cantidad de diez millones ochocientos mil (10.800.000) euros mediante la emisión a la par de 360 nuevas acciones nominativas de 30.000 euros de valor nominal cada una de ellas y con los mismos derechos que las existentes, numeradas correlativamente de la 361 a la 720, ambas inclusive. El valor nominal de las nuevas acciones será desembolsado por aportación dineraria de los suscriptores. El derecho de suscripción preferente se podrá ejercitar en la proporción de una acción nueva por cada una de las acciones antiguas que ya se posea. La emisión podrá ser suscrita por los actuales accionistas en proporción a su capital social previo a este aumento, en el plazo del mes siguiente a contar desde la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, conforme a lo dispuesto en el artículo 158 de la Ley de Sociedades Anónimas. El derecho de suscripción preferente se ejercerá mediante escrito dirigido a la sociedad, antes de la finalización del plazo señalado y desembolsarán, dentro de dicho plazo, el 25 % del valor nominal, esto es 7.500 euros por acción, de las acciones suscritas que les pudieran corresponder en el ejercicio de su derecho, ingresando el importe en la cuenta indicada por la sociedad a tal efecto, y remitiendo a la sociedad duplicado del ingreso realizado. El resto del valor nominal se desembolsará, en metálico, en una o varias veces, en el momento que lo acuerde el Consejo de Administración, y de acuerdo con las necesidades y conveniencias financieras, teniendo en cuenta que el mismo deberá hallarse totalmente desembolsado en el plazo máximo de cinco años. En el supuesto de que dentro del plazo de un mes antes citado, quedaran acciones sin suscribir, el resto de accionistas que hubieran suscrito la referida ampliación, podrán optar por la suscripción de las mismas, en el plazo de siete días naturales siguientes a aquel en que finalice el plazo de un mes establecido en la primera fase. Si existiesen varios accionistas interesados en asumir las acciones sociales ofrecidas, éstas se adjudicarán en proporción a las que cada uno de ellos ya tuviere en la sociedad. Las acciones no asumidas por los accionistas en el segundo período serían ofrecidas a otros accionistas o a terceros por acuerdo del Consejo de Administración durante los siete días naturales siguientes a la finalización del segundo plazo de suscripción.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 161 de la Ley de Sociedades Anónimas, de no suscribirse íntegramente, dentro del plazo fijado, la ampliación de capital propuesta y acordada, la suscripción de capital podrá ser incompleta, llevándose a efecto únicamente la ampliación por el importe suscrito.
Valencia, 12 de septiembre de 2007.-El Presidente del Consejo de Administración, Bordils, Sociedad Anónima, don Vicente Bordils Ramón.-56.982.
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