En cumplimento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas y disposiciones concordantes, se hace público que el socio único de «Magirus España, Sociedad Limitada» y el accionista único de «Allasso Iberia, Sociedad Anónima Unipersonal» ambos en fecha 5 de junio de 2007, aprobaron la fusión de estas sociedades, mediante la absorción de la última por la primera, que adquirirá a título de sucesión universal todos los elementos del Activo y Pasivo de «Allasso Iberia, Sociedad Anónima Unipersonal». Dicha fusión se aprobó de conformidad con el proyecto de fusión redactado y suscrito por los órganos de administración de las citadas sociedades con fecha 13 de abril de 2007, y que fue depositado en el Registro Mercantil de Madrid. Asimismo se aprobó como Balance de fusión, en cada caso, los cerrados a 31 de marzo de 2007. De acuerdo con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho de accionistas/socios y acreedores a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión y de los Balances de fusión.
Los acreedores de ambas sociedades podrán oponerse a la fusión en los términos regulados por los artículos 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante un mes a partir de la fecha de publicación del último anuncio de fusión.
Madrid, 20 de septiembre de 2007.-El Administrador solidario de Magirus España, S. L. y el Presidente del Consejo de Administración de Allasso Iberia, S. A. U., Fabián Gilg Hendrik Volmer Von Kuenheim.-58.455.
y 3.ª 27-9-2007
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