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Documento BORME-C-2007-191021

CLÍNICA CINCA, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 191, páginas 33836 a 33836 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2007-191021

TEXTO

Junta general extraordinaria

Se convoca a los señores accionistas de la Mercantil «Clínica Cinca, S.A.», a la Junta General Extraordinaria a celebrar en el domicilio social de la entidad el día 5 de noviembre de 2007, a las 11,00 horas, en primera convocatoria, o a las 12,00 horas, en segunda convocatoria con el siguiente

Orden del día

Primero.-Transformación de la sociedad en sociedad de responsabilidad limitada. Aprobación del balance general de la sociedad cerrado el día anterior a la fecha prevista para la celebración de la Junta. Segundo.-Asignación de cuotas o participaciones sociales a cambio de acciones que desaparezcan a los actuales accionistas en proporción al valor nominal de las acciones que posean. Tercero.-Ampliación del objeto social. Cuarto.-Adaptación de los Estatutos sociales a la nueva forma jurídica de la sociedad. Quinto.-Mantenimiento del sistema de administración actual de Administradores Solidarios por ser compatible con la nueva forma social y los Estatutos Sociales propuestos. Sexto.-Delegación de facultades. Séptimo.-Ruegos y preguntas. Octavo.-Redacción, lectura y aprobación del Acta de la Junta.

De conformidad con lo establecido en el artículo 144 de la Ley de Sociedades Anónimas a partir de la publicación de esta convocatoria, los señores accionistas tendrán derecho a obtener, de forma inmediata y gratuita, los documentos que pudieran estar relacionados con los asuntos comprendidos dentro del orden del día que serán sometidos a la decisión de la Junta y en especial el Informe del órgano de administración acerca de la justificación de la transformación de la sociedad y el texto íntegro de los nuevos Estatutos sociales, señalando que el balance cerrado el día anterior a la adopción del acuerdo será entregado a cada uno de los señores accionistas el mismo día de la celebración de la Junta.

Podrán ejercitar el derecho de asistencia aquellos accionistas que hayan cumplido las condiciones señaladas en los Estatutos Sociales y en el artículo 104 de la Ley de Sociedades Anónimas. Todo accionista que tenga derecho de asistencia podrá hacerse representar por otra persona de conformidad con lo establecido en el artículo 106 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Madrid, 20 de septiembre de 2007.-El Presidente del Consejo de Administración, José Luis Pérez Pardo.-58.491.

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