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Por acuerdo del Consejo de Administración de la Compañía, se convoca a los señores accionistas a la Junta General Extraordinaria de la Compañía, que tendrá lugar en el domicilio social, sito en Barcelona, calle Josep Samitier, número 1-5, el día 5 de noviembre de 2007, a las trece horas, en primera convocatoria, y a la misma hora y lugar, el día siguiente, en segunda convocatoria, si fuese precisa, con arreglo al siguiente.
Orden del día
Primero.-Examen y aprobación, en su caso, de la modificación del valor nominal de las acciones actuales establecida en el Artículo quinto de los Estatutos Sociales, pasando de 5 Euros por acción a 0,01 Euros por acción, desdoblándose y transformándose cada acción antigua en 500 nuevas acciones de 0,01 Euros de valor nominal cada una, iguales que las actuales y con la misma atribución de derechos. Modificación del Artículo quinto de los Estatutos Sociales en lo referente al valor nominal de las acciones, y adición del Artículo quinto bis; nueva redacción de los mismos en virtud de los acuerdos que se adopten. Cumplimiento de trámites precisos para la ejecución de los acuerdos que se adopten y delegación en el Consejo de Administración de la Sociedad de las decisiones y cumplimiento de trámites necesarios para su ejecución. Segundo.-Modificación de Artículo octavo de los Estatutos Sociales, suprimiendo la limitación a la libre transmisibilidad de las acciones. Nueva redacción del Artículo octavo de los Estatutos Sociales, en virtud de los acuerdos que se adopten. Cumplimiento de trámites precisos para la ejecución de los acuerdos que se adopten y delegación en el Consejo de Administración de la Sociedad de las decisiones y cumplimiento de trámites necesarios para su ejecución. Tercero.-Examen y aprobación, en su caso, del Plan de Stock Options. Delegación en el Consejo de Administración de la Sociedad de las facultades de implantación, aplicación y modificación del Plan. Cuarto.-Aumento del capital social. Delegación en el Consejo de Administración de la Sociedad de la facultad de acordar en una o varias veces el aumento del capital social por un máximo global de veintiocho mil quinientos euros (28.500 Euros) de capital social, con la prima de emisión, en la oportunidad y en la cuantía que éste en cada caso determine, y que deberá realizarse mediante aportaciones dinerarias dentro del plazo que establezca el Consejo de Administración y, como máximo, dentro de cinco años a contar desde el acuerdo de la Junta, todo ello sin previa consulta a la Junta General conforme determina el artículo 153, b) de la Ley de Sociedades Anónimas, autorizando a dicho órgano delegado a (i) que, una vez expirado el plazo concedido a los socios para el ejercicio del derecho de suscripción preferente de las acciones que se emitan con ocasión de cada aumento de capital, ofrecer y adjudicar las acciones no suscritas a quien decida el propio Consejo de Administración, dentro de los límites del procedimiento a seguir que la Junta que se convoca y/o el Consejo establezcan, así como a (ii) realizar los trámites necesarios para la ejecución de los acuerdos que adopte, inclusive dando nueva redacción a los artículos de los Estatutos Sociales afectados por dichos acuerdos, especialmente el Artículo quinto. Previsión de suscripción incompleta. Quinto.-Examen y aprobación, en su caso, de la modificación del sistema de representación mediante títulos de las acciones establecido en el Artículo sexto de los Estatutos Sociales, por el de anotaciones en cuenta. Supresión del artículo quinto bis (en caso de haber sido aprobado el punto Primero), modificación y nueva redacción del Artículo sexto (en lo referente a la representación de los títulos, régimen aplicable y requisitos de legitimación del accionista) y quinceavo de los Estatutos Sociales (modificando la forma de acreditar la titularidad de las acciones, excluyendo la referencia al Libro Registro de Socios por la de Registro Contable y adaptándose su contenido a la regulación, en su caso, del nuevo sistema representativo de las acciones), en virtud de los acuerdos que se adopten; delegación en el Consejo de Administración de las decisiones y cumplimiento de los trámites precisos para la transformación de las acciones y ejecución del acuerdo. Examen y aprobación, en su caso, de la posibilidad de que la eficacia, aplicación y ejecución del acuerdo de modificación de la representación de las acciones mediante anotaciones en cuenta y, en consecuencia, las modificaciones estatutarias correspondientes, sólo fuere aplicable a partir de a la ejecución e inscripción de la primera ampliación de capital acordada, en su caso, por dicho órgano de administración en méritos de la delegación concedida, también su caso, de haber sido aprobado el punto Cuarto, afectando a las acciones existentes en dicha fecha y a las que, en el futuro, se emitan. Sexto.-Delegación de facultades de interpretación, subsanación, solemnización y ejecución de los acuerdos que, en su caso, se aprueben, siempre que fuere permisible de acuerdo con la normativa vigente. Séptimo.-Ruegos y preguntas. Octavo.-Redacción, lectura y aprobación, en su caso, del Acta de la sesión.
Cualquier accionista tiene derecho a examinar en el domicilio social los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la Junta, el texto íntegro de la modificación estatutaria propuesta y el informe sobre la misma, así como a obtener de la Sociedad, su envío o entrega de forma inmediata y gratuita.
Barcelona, 26 de septiembre de 2007.-El Presidente del Consejo de Administración, don Carlos Manuel Buesa Arjol.-60.463.
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