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Documento BORME-C-2007-2015

CARULLA-CROUS SERVEIS INTEGRALS, S. L. (Sociedad absorbente) CASSERRAS & CANTALAPIEDRA, S. L. (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 2, páginas 248 a 248 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2007-2015

TEXTO

Anuncio de fusión

Las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de las sociedades relacionadas en el encabezamiento en sesiones celebradas el 27/10/2006 aprobaron por unanimidad la fusión de ambas sobre la base de los balances cerrados a 31/12/2005, también aprobados por ambas Juntas; la absorción por parte de «Carulla-Crous Serveis Integrals, S.L.» de «Casserras & Cantalapiedra, S.L.», mediante disolución sin liquidación de ésta y transmisión en bloque de su patrimonio a la primera que adquirirá por sucesión universal los derechos y obligaciones. Ambas inscritas en el Registro Mercantil de Barcelona de acuerdo con el Proyecto de Fusión que fue depositado en aquel Registro el 8/05/2006, publicado en el Borme el 15/06/2006. También fue aprobado por unanimidad en las citadas Juntas; a) modificación del capital social que pasa a dieciocho mil euros y correlativa modificación del art. 7 de los Estatutos de la Sociedad Absorbente; b) canje de las 3.008 participaciones sociales de 1 € de valor nominal cada una de «Casserras & Cantalapiedra, S.L.» por 204 participaciones sociales de 10 €, de valor nominal cada una, de «Carulla-Crous Serveis Integrals, S.L.»; c) cambio del órgano de administración que pasará a ser por un Consejo de Administración; d) a los efectos contables, a partir del día 1/05/2006 las operaciones de la sociedad que se extingue han de considerarse realizadas por la sociedad absorbente; e) no se reconocen ninguna clase de derechos especiales distintos de las participaciones; f) no se reconocen ventajas de ninguna clase ni a expertos independientes ni a los Administradores de las sociedades participantes en la operación.

Los socios han examinado todos los documentos a que se refiere el art. 238 LSA y de conformidad con los art. 238, 242 y 243 de LSA se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de las Sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados en las Juntas Generales, el Balance de fusión y el derecho de oposición a la fusión.

Barcelona, 18 de diciembre de 2006.-La Administradora solidaria de Carulla-Crous Serveis Integrals, S.L., Margarida Crous i Peraferrer.-El Administrador solidario de Casserras & Cantalapiedra, S.L., Jordi Casserras i Gasol.-73.786. 2.ª 3-1-2007

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