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Documento BORME-C-2007-202020

CLÍNICA SANTA ISABEL, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 202, páginas 35963 a 35963 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2007-202020

TEXTO

Junta general extraordinaria

El Consejo de Administración de Clínica Santa Isabel, S. A., en cumplimiento de los preceptos legales y estatutarios en vigor y con la preceptiva intervención de Letrado asesor, ha acordado, en sesión celebrada el día 30 de junio del año 2007, convocar Junta general extraordinaria de accionistas, que se celebrará, en primera convocatoria el día 26 de noviembre del 2007, a las trece horas, que tendrá lugar en la calle Juan de Zoyas, número 22, de Sevilla, o en segunda convocatoria, el día 27 de noviembre del 2007, a la misma hora y en el mismo lugar, con el fin de deliberar y resolver sobre los asuntos comprendidos en el siguiente

Orden del día

Primero.-Aprobación, si procede, de la reducción de capital, para el restablecimiento del equilibrio entre el capital y el patrimonio social, y de la modalidad de la reducción. Segundo.-Aumento de capital con aportaciones dinerarias mediante la emisión de nuevas acciones y modificación de los Estatutos sociales en lo que se refiere al capital social. Tercero.-Ruegos y preguntas. Cuarto.-Delegación de facultades para la formalización, interpretación, subsanación, complemento, ejecución y desarrollo de los acuerdos que se adopten por la Junta General. Quinto.-Lectura y aprobación, si procede, del acta de la Junta General Extraordinaria, o en su caso, designación de dos interventores para su aprobación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 113 del vigente texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.

Todo accionista tiene derecho a obtener, de forma inmediata y gratuitamente, los documentos que vayan a ser sometidos a aprobación. Asimismo, tiene derecho a examinar en el domicilio social cuantos documentos estime oportuno a tal fin.

Conforme al artículo 18 de los Estatutos Sociales y artículos 104 a 108 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, tendrán derecho a asistir a la Junta general todos los accionistas que sean titulares de acciones que representen, al menos, el 1 por 1.000 del capital social, y todo ello sin perjuicio del derecho de agruparse hasta reunir esa cifra como mínimo, a efectos de su asistencia y votación en la Junta, pudiendo recaer la representación de estas agrupaciones en uno cualquiera de los accionistas agrupados.

Sevilla, 30 de junio de 2007.-El Secretario del Consejo, Patricio Brioso Vázquez.-62.584.

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