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Documento BORME-C-2007-208002

AGRUPACIÓ BANKPYME SEGUROS DE VIDA Y SALUD, SOCIEDAD ANÓNIMA Sociedad unipersonal (Entidad cedente) AGRUPACIÓ MÚTUA DEL COMERÇ I DE LA INDÚSTRIA, MÚTUA D'ASSEGURANCES I REASSEGURANCES A PRIMA FIXA (Entidad cesionaria)

Publicado en:
«BORME» núm. 208, páginas 37005 a 37005 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2007-208002

TEXTO

Anuncio de cesión global de Activo y Pasivo

En cumplimiento de lo establecido en la legislación vigente, se hace público para general conocimiento que, el 29 de junio de 2007, la Junta general extraordinaria y universal de «Agrupació Bankpyme Seguros de Vida y Salud, Sociedad Anónima», sociedad unipersonal, acordó la disolución sin apertura del período de liquidación de esta sociedad mediante la cesión global de todos sus activos y pasivos a su único accionista, «Agrupació Mútua del Comerç i de la Indústria, Mútua d'Assegurances i Reassegurances a Prima Fixa», asumiendo ésta, a título universal, la totalidad de las obligaciones con todo tipo de acreedores que tuviera la cedente, aprobándose como Balance de disolución el cerrado a 31 de diciembre de 2006, dicha cesión comporta la cesión general de la cartera de seguros de «Agrupació Bankpyme Seguros de Vida y Salud, Sociedad Anónima», Sociedad Unipersonal, a favor de «Agrupació Mútua del Comerç i de la Indústria, Mútua d'Assegurances i Reassegurances a Prima Fixa». Asimismo, en fecha 29 de junio de 2007, el Consejo de Administración de «Agrupació Mútua del Comerç i de la Indústria, Mútua d'Assegurances i Reassegurances a Prima Fixa» tomó conocimiento de dicha disolución y aprobó como cesionaria la cesión global de activo y pasivo de la cedente «Agrupació Bankpyme Seguros de Vida y Salud, Sociedad Anónima», sociedad unipersonal. Dicha cesión se acordó de conformidad con las menciones recogidas en el proyecto de cesión global de activo y pasivo redactado y suscrito por todos los Administradores de las dos entidades intervinientes en la operación, y debidamente depositado en el Registro Mercantil de Barcelona. A efectos contables, las operaciones de la entidad cedente se considerarán realizadas por cuenta de la entidad cesionaria a partir del día 1 de enero de 2007. La eficacia de la cesión queda condicionada suspensivamente a la obtención de la preceptiva autorización del Ministerio de Economía y Hacienda. No se concederán ventajas en la entidad cesionaria a favor de los Administradores, ni se ha previsto ninguna retribución a favor de los Administradores de las dos entidades intervinientes en la operación de cesión. No se otorgarán en la entidad cesionaria por causa de la cesión, derechos especiales a favor de ningún mutualista, ni existen en la sociedad cedente titulares de derechos especiales distintos de los que confieren las acciones sociales a los que puedan concederse derechos u opciones de cualquier clase en la entidad cesionaria. Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de las entidades cedente y cesionaria a obtener en el domicilio social de dichas entidades el texto íntegro de los acuerdos de cesión adoptados y del Balance de disolución, pudiendo los acreedores de ambas entidades oponerse a la cesión en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de cesión.

Por último, se advierte a los tomadores de las pólizas de seguros, del derecho que les asiste a comunicar a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones las razones que, en su caso, pudieran tener para estar disconformes con dicha cesión y ello en el plazo de un mes a computar desde la fecha de la última publicación del presente anuncio.

Barcelona, 24 de octubre de 2007.-La Vicesecretaria no Consejera del Consejo de Administración de «Agrupació Bankpyme Seguros de Vida y Salud, Sociedad Anónima», Sociedad Unipersonal, y Secretaria no Consejera del Consejo de Administración de «Agrupació Mútua del Comerç i de la Indústria, Mútua d'Assegurances i Reassegurances a Prima Fixa», Isabel Cabanyes Sala.-65.795.

1.ª 29-10-2007

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