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Edicto
Don Antonio Blanco Almendros, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Madrid, doy fe de que el día 12 de enero de 2007, se ha dictado Auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
«Dispongo: Se subsana el Auto de fecha 27 de noviembre de 2006, cuya parte dispositiva queda redactada del siguiente modo: "Se convoca Junta general extraordinaria de accionistas 560/06 de la entidad Coldwell Banker-Gesinar Franquicias, S.L., con el siguiente
Orden del día
Primero.-Examen y, en su caso, aprobación de las cuentas anuales -Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias y Memoria- y el informe de gestión correspondientes al ejercicio económico cerrado el 31 de diciembre de 2003 y al ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2004, así como de la aplicación del resultado de dicho ejercicio. Segundo.-Censura y, en su caso, aprobación de la gestión realizada por el Consejo de Administración de la sociedad durante los ejercicios sociales cerrados el 31 de diciembre de 2003 y el 31 de diciembre de 2004. Tercero.-Redacción y aprobación del acta de la Junta, si procede.
La Junta se celebrará en el domicilio de la entidad Coldwell Banker-Gesinar Franquicias, S.L., sito en la calle María de Molina, número 54, de Madrid, el día 14 de marzo de 2007, a las 10:00 horas, siendo presidida por doña María Inmaculada Marín Romano, y actuando como Secretaria doña Lucía Echevarría Olaso, a quienes se hará saber el nombramiento para la aceptación y juramento o promesa de los cargos.
A partir de la convocatoria de la Junta general, cualquier socio podrá obtener de la sociedad, de forma inmediata y gratuita, los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la misma, así como el informe de gestión y, en su caso, el informe de los Auditores de cuentas. Durante el mismo plazo y salvo disposición contraria de los Estatutos, el socio o socios que representen al menos el cinco por ciento del capital podrán examinar en el domicilio social, por sí o en unión de experto contable, los documentos que sirvan de soporte y de antecedente de las cuentas anuales. Lo dispuesto en el párrafo anterior no impide ni limita el derecho de la minoría a que se nombre un Auditor de cuentas con cargo a la sociedad. Los socios podrán solicitar por escrito, con anterioridad a la reunión de la Junta general o verbalmente durante la misma, los informes o aclaraciones que estimen precisos acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día. El órgano de administración estará obligado a proporcionárselos, en forma oral o escrita de acuerdo con el momento y la naturaleza de la información solicitada, salvo en los casos en que, a juicio del propio órgano, la publicidad de ésta perjudique los intereses sociales. Esta excepción no procederá cuando la solicitud esté apoyada por socios que representen, al menos, el veinticinco por ciento del capital social. Anúnciese la convocatoria en el Boletín Oficial del Registro Mercantil y en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia con quince días de antelación, por lo menos, al señalado para la celebración de la Junta. Líbrense los oportunos oficios y edictos que se entregarán a la representación procesal de la solicitante para que gestione su publicación, debiendo acreditar ante el Juzgado haberlo verificado."
Así por este mi Auto lo acuerdo, mando y firmo.»
Madrid, 17 de enero de 2007.-El Secretario.-3.573.
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