Aumento de capital social con cargo a prima de emisión
Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 158 de la Ley de Sociedades Anónimas, así como los artículos 26.1.e) y 41.1.d) del Real Decreto 1310/2005, de 4 de noviembre, en materia de admisión a negociación de valores en mercados secundarios oficiales, de ofertas públicas de venta o suscripción y del folleto exigible a tales efectos (en adelante el «RD 1310/2005») se comunica que «Cintra Concesiones de Infraestructuras de Transporte, Sociedad Anónima» (en adelante «Cintra» o la «Sociedad»), ha acordado ejecutar el acuerdo de aumento de capital con cargo a reservas adoptado por la Junta general ordinaria de accionistas celebrada el 27 de marzo de 2007. Las características de la ampliación de capital son las siguientes:
Primera. Número y naturaleza de las acciones a emitir.-El aumento de capital se realiza por un importe de 5.156.719,20 euros, hasta alcanzar la cifra de 108.291.105,80 euros, mediante la emisión y puesta en circulación de 25.783.596 acciones nuevas, de la misma clase y serie, y con los mismos derechos que las actualmente en circulación que se asignarán gratuitamente a los accionistas de la Sociedad, en proporción de una (1) acción nueva por cada veinte (20) acciones actualmente en circulación, de 0,20 euros de valor nominal cada acción.
Las nuevas acciones estarán representadas mediante anotaciones en cuenta y se regirán por la normativa reguladora del mercado de valores, siendo la «Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, Sociedad Anónima» (en adelante «Iberclear») y sus entidades participantes las encargadas de la llevanza del registro contable. Las nuevas acciones que se emitan conferirán a sus propietarios idénticos derechos políticos y económicos que las acciones actualmente en circulación de la Sociedad. En relación con el derecho al dividendo, las nuevas acciones otorgarán a sus titulares el derecho a percibir los dividendos sobre los beneficios que la Sociedad obtenga desde el día 1 de enero de 2007. Segunda. Motivos de la ampliación.-Según se hizo constar en el Informe del Consejo de Administración de Cintra justificativo de la propuesta de acuerdo de aumento de capital aprobada por la Junta General de Accionistas de la Sociedad, la finalidad perseguida con la ampliación es la siguiente: i. retribuir al accionista, dándole la posibilidad de obtener liquidez, negociando en el mercado las acciones asignadas al mismo con carácter gratuito, y, al propio tiempo, mantener los recursos necesarios para afrontar y, en la medida de lo posible, autofinanciar nuevos proyectos generadores de valor para el accionista; ii. fomentar una mayor liquidez del valor y la fluidez en la contratación bursátil del mismo, debido al incremento de las acciones de la Sociedad en circulación; y iii. reforzar la estructura de recursos propios, derivada de la capitalización de las reservas y su consiguiente sujeción a un régimen de distribución más exigente. Tercera. Tipo de emisión.-El tipo de emisión es a la par, es decir, 0,20 euros por acción. La emisión será totalmente liberada para los accionistas y se realizará con cargo a cuenta de «Prima de emisión de acciones», corriendo a cargo de Cintra todos los gastos correspondientes al alta de las nuevas acciones en los registros contables de Iberclear y sus entidades participantes así como a su admisión a negociación en las Bolsas de Valores de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia y su inclusión en el Sistema de Interconexión Bursátil. Cuarta. Balance que servirá de base a la operación.-De conformidad con lo dispuesto en el artícu lo 157.2 de la Ley de Sociedades Anónimas, sirve de base a esta operación el Balance individual de Cintra cerrado el 31 de diciembre de 2006, debidamente auditado por el auditor de cuentas de la Sociedad, «PriceWaterhouse Coopers Auditores, Sociedad Limitada», con fecha 20 de febrero de 2007 y aprobado por la Junta general de accionistas celebrada el 27 de marzo de 2007, fecha que se encuentra comprendida dentro de los seis meses inmediatamente anteriores al acuerdo de aumento de capital social. Quinta. Derecho de asignación gratuita.-Gozarán del derecho de asignación gratuita de las nuevas acciones, en la proporción de una (1) acción nueva por cada veinte (20) acciones actualmente en circulación, los accionistas de Cintra, teniéndose por tales a las personas físicas y jurídicas que se encuentren legitimadas como tales conforme a los registros contables de Iberclear y de sus entidades participantes al final del día inmediatamente anterior a la fecha de inicio del período para la asignación y transmisión de los derechos de asignación gratuita en Bolsa (en adelante, el «Período de asignación gratuita») a que se hace referencia en el apartado 6.º siguiente. Sexta. Período de asignación gratuita.-Los derechos de asignación gratuita de las nuevas acciones podrán negociarse a través del Sistema de Interconexión Bursátil en el plazo de 15 días naturales a contar desde el día hábil siguiente a la publicación del presente anuncio en el «Boletín Oficial del Registro Mercantil». Séptima. Acciones no asignadas.-Finalizado el período de asignación gratuita de las nuevas acciones, si resultasen acciones no asignadas, éstas serán debidamente depositadas durante un plazo de tres años. Transcurrido dicho plazo, las acciones que aún se hallaren pendientes de asignación podrán ser vendidas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley de Sociedades Anónimas, por parte de la Sociedad, por cuenta y riesgo de los interesados y el importe líquido de la venta, deducidos los gastos de ésta y del anterior depósito, será depositado en el Banco de España o en la Caja General de Depósitos a disposición de los interesados. Octava. Desembolso.-El desembolso se efectuará en su totalidad con cargo a la cuenta de «Prima de emisión de acciones», y se tendrá por producido en el momento en que, una vez finalizado el período de asignación gratuita, Cintra formalice contablemente la aplicación de las reservas mencionadas en la cuantía del aumento de capital. Novena. Solicitud de admisión a negociación.-Cintra solicitará la admisión a negociación a través del Sistema de Interconexión Bursátil en las Bolsas de Valores de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia, de las acciones que se emitan en virtud del aumento de capital social, previo cumplimiento de la normativa que fuere de aplicación. No será necesaria la aprobación y registro de un folleto informativo ni la restante documentación prevista en el citado Real Decreto 1310/2005, constituyendo el presente anuncio el «documento que contenga información sobre el número y la naturaleza de las acciones y los motivos y detalles de la oferta» tal y como establecen los artículos 26.1.e) y 41.1.d) del Real Decreto 1310/2005 a los efectos de las exenciones previstas en dichos preceptos.
Décima. Entidades en las que puede tramitarse la asignación y entidad agente.-La asignación de las nuevas acciones se tramitará a través de cualquier entidad participante en Iberclear, dentro del período de asignación gratuita, pudiendo éstas aplicar, de acuerdo con la legislación vigente, comisiones y gastos por la asignación de las acciones y por la transmisión de los derechos de asignación gratuita de conformidad con las tarifas vigentes que en cada momento hayan publicado y comunicado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (en adelante «CNMV») y al Banco de España. Actuará como entidad agente de la ampliación el «Santander Investment, Sociedad Anónima».
Madrid, 2 de noviembre de 2007.-El Secretario del Consejo de Administracion, Lucas Osorio Iturmendi.-67.081.
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