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Documento BORME-C-2007-213113

NAVEC 2005, S. L. (Sociedad absorbente) CONSTRUCCIONES DE TUBERÍAS INDUSTRIALES, S. A. U. (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 213, páginas 38127 a 38127 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2007-213113

TEXTO

Anuncio de acuerdo de fusión

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 242 de la ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales extraordinarias de Navec 2005, Sociedad Limitada, entidad provista de CIF B-84446442, con domicilio en Pobla de Mafumet (Tarragona), carretera Reus-Torredembarra, sin número, e inscrita en el Registro Mercantil de Tarragona, tomo 2153, folio 144, hoja T-32727; y Construcciones de Tuberías Industriales, Sociedad Anónima Unipersonal, entidad provista de CIF A-43032135, con domicilio en Pobla de Mafumet (Tarragona), carretera Reus-Torredembarra, sin número, e inscrita en el Registro Mercantil de Tarragona, tomo 313, folio 171, hoja T-8311, celebradas en fecha 30 de octubre de 2007, acordaron aprobar:

Primero.-El proyecto de fusión por absorción formulado y suscrito por el Consejo de Administración de Navec 2005, Sociedad Limitada, y el Administrador único de Construcciones de Tuberías Industriales, Sociedad Anónima Unipersonal, en fecha 30 de julio de 2007, y depositado en el Registro Mercantil de Tarragona el día 30 de julio de 2007, y en consecuencia, aprobar la fusión por absorción de Navec 2005, Sociedad Limitada (sociedad absorbente), y Construcciones de Tuberías Industriales, Sociedad Anónima Unipersonal (sociedad absorbida), con disolución sin liquidación de esta y transmisión en bloque de todo su patrimonio a la sociedad absorbente, que adquiere por sucesión universal, los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida, de acuerdo con lo previsto en el artículo 233 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Segundo.-Al ser la sociedad absorbente, Navec 2005, Sociedad Limitada, único accionista y, en su consecuencia, titular de todas las acciones en que se divide el capital social de las sociedad absorbida, Construcciones de Tuberías Industriales, Sociedad Anónima Unipersonal, no es necesario, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 250 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, hacer mención en el proyecto de fusión, tanto del tipo de canje como del procedimiento de canje. Por esta misma razón, no se aumentará el capital de la sociedad absorbente, Navec 2005, Sociedad Limitada, ni será necesaria la elaboración de informes de los Administradores ni de experto independiente sobre el proyecto de fusión. Tercero.-Las operaciones de Construcciones de Tuberías Industriales, Sociedad Anónima Unipersonal, sociedad absorbida, se entenderán realizadas a efectos contables por cuenta de Navec 2005, Sociedad Limitada, sociedad absorbente, a partir de la fecha de presentación de la escritura de fusión a que se refiere el artículo 244 de la Ley de Sociedades Anónimas en el Registro Mercantil correspondiente para su debida inscripción. Cuarto.-La presente fusión se acogerá al régimen tributario establecido en el capítulo VIII del título VII del Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. Quinto.-No existe, tanto en la sociedad absorbente como en la sociedad absorbida, titulares de ninguna clase de derechos especiales distintos de las participaciones y/o acciones, ni se contempla el otorgamiento de ventajas de cualquier clase a favor de los Administradores de las sociedades partícipes en la mencionada operación de fusión. Sexto.-Asimismo, se hace constar, que en virtud de lo dispuesto en el artículo 418.1 del Reglamento del Registro Mercantil, la nueva sociedad absorbente se denominará en lo sucesivo Construcciones de Tuberías Industriales, Sociedad Limitada.

De conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión.

Del mismo modo, se hace constar expresamente el derecho de oposición que, durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, corresponde a los acreedores y obligacionistas de las sociedades fusionadas en los términos previstos en los artículos 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Tarragona, a 31 de octubre de 2007.-Bonheur Consejeros, Sociedad Limitada (P. P. Eduardo Sánchez Morrondo) (Presidente del Consejo de Administración de Navec 2005, Sociedad Limitada).-José Luis Cobo Aragoneses (Secretario no consejero del Consejo de Administración de Navec 2005, Sociedad Limitada). Navec 2005, Sociedad Limitada (P. P. Manuel López Dabaliña) (Administrador Único de Construcciones de Tuberías Industriales, Sociedad Anónima Unipersonal).-66.972. 1.ª 6-11-2008

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