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A los efectos de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las respectivas Juntas generales y universales de accionistas y decisiones de socio único de las citadas compañías, celebradas el 25 de octubre de 2007, acordaron por unanimidad, su fusión, mediante la absorción por «Port Ginesta, Sociedad Anónima» (sociedad absorbente) de «Marina Barcelona, Sociedad Limitada» (Unipersonal) (sociedad absorbida) que se extinguirá con motivo de la fusión. Asiste a los señores socios y acreedores de cada una de las sociedades, el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión, así como del Balance de fusión, y a los acreedores el de oposición a la fusión, en los términos del artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Sitges (Barcelona), 26 de octubre de 2007.-Los Administradores solidarios de Port Ginesta, Sociedad Anónima, Eladi Ballebó Puig y Jordi Tubella Codina.-Los Administradores solidarios de Marina Barcelona, Sociedad Limitada (Unipersonal), Eladi Ballebó Puig y Jordi Tubella Codina.-66.680. y 3.ª 7-11-2007
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