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Documento BORME-C-2007-218110

PUERTAS YUNQUE, S. L. (Sociedad absorbente) YUNQUE COMERCIAL ASTURIAS, S. L. YUNQUE ARMARIOS, S. L. (Sociedades absorbidas)

Publicado en:
«BORME» núm. 218, páginas 39148 a 39148 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2007-218110

TEXTO

Anuncio de fusión

De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas Generales Universales de «Puertas Yunque, S. L.» (sociedad absorbente), «Yunque Comercial Asturias, S. L.», y «Yunque Armarios, S. L.» (sociedades absorbidas), celebradas con fecha 30 de junio de 2007, acordaron, por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción de «Yunque Comercial Asturias, S. L.», y «Yunque Armarios, S. L.» (sociedades absorbidas) por parte de «Puertas Yunque, S. L.» (sociedad absorbente), con disolución, sin liquidación, de las sociedades absorbidas que traspasarán en bloque, a título universal, todo su patrimonio con todos los bienes, derechos y obligaciones que lo componen, a la sociedad absorbente. La fusión se acordó conforme al proyecto de fusión conjunto depositado en el Registro Mercantil de Asturias y con aprobación de los balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2006, para todas las sociedades, con ampliación de capital de la absorbente en 314.082,60 euros mediante la emisión de 10.452 participaciones de 30,05 euros de valor nominal cada una. No se otorga ninguno de los derechos especiales previstos en la letra e) del artículo 235 de la Ley de Sociedades Anónimas, ni se atribuyen ventajas especiales a los administradores intervinientes en la operación. Las operaciones realizadas por «Yunque Comercial Asturias, S. L.», y «Yunque Armarios, S. L.», se considerarán realizadas a efectos contables por cuenta de «Puertas Yunque, S. L.», a partir del 1 de enero de 2007. Se hace constar, de conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho de cualquier socio y de los acreedores de las sociedades participantes en la fusión de examinar y obtener gratuitamente el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión.

Los acreedores de las sociedades fusionadas pueden oponerse a dichos acuerdos en los términos establecidos en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Oviedo, 5 de noviembre de 2007.-José Suárez Álvarez, representante de la mercantil «Sociedad Asturiana de Participaciones Industriales, S. L.», como administradora solidaria de «Puertas Yunque, S. L.», «Yunque Armarios, S. L.», y «Yunque Comercial Asturias, S. L.». Santiago Paíno Quesada, representante de la mercantil «Paino Quesada Asociados, S. L.», como administradora solidaria de «Puertas Yunque, S. L.», «Yunque Armarios, S. L.», y «Yunque Comercial Asturias, S. L.».-67.993.

y 3.ª 14-11-2007

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