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Documento BORME-C-2007-223146

PLODER, S. A. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbente y escindida) UICESA OBRAS Y CONSTRUCCIONES, S. A. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida) USANCA INVERSIONES 2007, S. L. (Sociedad absorbente) OLABAPA INVERSIONES 2007, S. L. Sociedad unipersonal (Sociedad beneficiaria y absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 223, páginas 40212 a 40212 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2007-223146

TEXTO

Anuncio de fusión-escisión-fusión

En cumplimento de lo dispuesto en los artículos 166, 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas y 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada y disposiciones concordantes, se hace público que:

1.º Mediante decisiones del respectivo socio único de las sociedades «Ploder, Sociedad Anónima Unipersonal», como sociedad absorbente, y «Uicesa «Obras y Construcciones, Sociedad Anónima Unipersonal», como sociedad absorbida, adoptadas el día 19 de noviembre de 2007, se aprobó la fusión de dichas sociedades, absorbiendo la primera a la segunda, y siendo los Balances de Fusión de las sociedades intervinientes, los cerrados a 30 de junio de 2007.

2.º Mediante decisiones del respectivo socio único de las sociedades «Ploder, Sociedad Anónima Unipersonal», como sociedad escindida, y «Olabapa Inversiones 2007, Sociedad Limitada Unipersonal», como sociedad beneficiaria, adoptadas el día 19 de noviembre de 2007, se aprobó la escisión de la primera, mediante la segregación, a favor de la segunda, del patrimonio correspondiente a las actividades de (i) medioambiente y conservación integral de infraestructuras y (ii) explotación de autopistas y otras infraestructuras en régimen de concesión desarrolladas indirectamente por la sociedad escindida, y siendo los Balances de Escisión de las sociedades intervinientes, los cerrados a 30 de junio de 2007 y 28 de septiembre de 2007, respectivamente. Como consecuencia de la escisión referida, se acordó en la sociedad escindida, «Ploder, Sociedad Anónima Unipersonal», reducir su capital social en el importe de 824.938,61 euros. En consecuencia, tras la reducción de capital éste quedará cifrado en 640.918,42 euros. La reducción de capital se realiza mediante la amortización de 137.261 acciones, de 6,01€ de valor nominal cada una de ellas, y modificándose, en consecuencia, el artículo 5.º de los Estatutos Sociales. 3.º Mediante acuerdo de Junta General de Socios de «Usanca Inversiones 2007, Sociedad Limitada», como sociedad absorbente y Decisión del socio único de «Olabapa Inversiones 2007, Sociedad Limitada Unipersonal», como sociedad absorbida, adoptadas el día 19 de noviembre de 2007, se aprobó la fusión de dichas sociedades, absorbiendo la primera a la segunda, y siendo los Balances de Fusión de las sociedades intervinientes, los cerrados a 28 de septiembre de 2007. De acuerdo con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace constar:

(i) el derecho de los socios y acreedores de «Ploder, Sociedad Anónima Unipersonal» y «Uicesa Obras y Construcciones, Sociedad Anónima Unipersonal», a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión y los balances de fusión.

(ii) el derecho de los socios y acreedores de «Ploder, Sociedad Anónima Unipersonal» y «Olabapa Inversiones 2007, Sociedad Limitada Unipersonal», a obtener el texto íntegro de los acuerdos de escisión y los balances de escisión. (iii) el derecho de los socios y acreedores de «Usanca Inversiones 2007, Sociedad Limitada» y «Olabapa Inversiones 2007, Sociedad Limitada Unipersonal», a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión y los balances de fusión.

Los acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión entre «Ploder, Sociedad Anónima Unipersonal» y «Uicesa Obras y Construcciones, Sociedad Anónima Unipersonal» podrán oponerse a la referida operación de fusión, en los términos regulados por los artículos 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Los acreedores de las sociedades intervinientes en la escisión parcial de «Ploder, Sociedad Anónima Unipersonal» a favor de «Olabapa Inversiones 2007, Sociedad Limitada Unipersonal» podrán oponerse a la escisión y consiguiente reducción de capital, en los términos regulados por los artículos 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Los acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión entre «Usanca Inversiones 2007, Sociedad Limitada» y «Olabapa Inversiones 2007, Sociedad Limitada Unipersonal» podrán oponerse a la referida operación de fusión, en los términos regulados por los artículos 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas y 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada.

Madrid, 20 de noviembre de 2007.-D. Luis Gálvez Murcia, Presidente de los Consejos de Administración de Ploder, S.A., Sociedad Unipersonal, y Usanca Inversiones 2007, S.L.-D. Juan Cortezo García, Presidente del Consejo de Administración de Uicesa Obras y Construcciones, S.A., Sociedad Unipersonal y Administrador único de Olabapa Inversiones 2007, S.L., Sociedad Unipersonal.-71.080. 1.ª 21-11-2007

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