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Documento BORME-C-2007-224092

GRUPO CORPORATIVO EMPRESARIAL DE LA CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE NAVARRA, S. A. U. (Sociedad escindida) HISCAN PATRIMONIO, S. L. U. HISCAN PATRIMONIO II, S. L.U. (Sociedades beneficiarias)

Publicado en:
«BORME» núm. 224, páginas 40470 a 40471 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2007-224092

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas y en el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que en fecha 20 de noviembre de 2007, el accionista único y los socios únicos, respectivamente, de Grupo Corporativo Empresarial de la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Navarra, Sociedad Anónima Unipersonal, Hiscan Patrimonio, Sociedad Limitada Unipersonal e Hiscan Patrimonio II, Sociedad Limitada Unipersonal, han decidido llevar a cabo la escisión parcial de Grupo Corporativo Empresarial de la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Navarra, Sociedad Anónima Unipersonal, mediante la Escisión de una parte de su patrimonio que será traspasado en bloque a las sociedades beneficiarias ya existentes denominadas Hiscan Patrimonio, Sociedad Limitada Unipersonal e Hiscan Patrimonio II, Sociedad Limitada Unipersonal, quienes adquirirán, por sucesión a título universal, todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado, sin que la sociedad escindida se extinga como consecuencia de la escisión, de acuerdo con el proyecto de escisión elaborado y suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes y presentado en el Registro Mercantil de Navarra. Como consecuencia de esta escisión parcial, el accionista único de la sociedad escindida también decidió reducir su capital social en la cifra de 7.736.073 euros mediante la amortización de acciones en los términos descritos en el referido Proyecto de Escisión. Se hace constar el derecho que corresponde a los accionistas, socios y acreedores de las sociedades participantes en la Escisión Parcial de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Escisión Parcial, así como el derecho que corresponde a los acreedores sociales de dichas sociedades de oponerse a la Escisión en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, en el plazo de un mes contado desde la publicación del último anuncio de Escisión Parcial.

Asimismo, se hace constar el derecho a examinar, en el domicilio social, los documentos a que se refiere el artículo 238 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas que asiste a las personas relacionadas en el mismo precepto.

Pamplona, 20 de noviembre de 2007.-Alberto Pascual Sanz (Secretario del Consejo de Administración de Grupo Corporativo Empresarial de la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Navarra S. A. U. y administrador único de Hiscan Patrimonio II, S. L. U.) y Juan Odériz San Martín (Administrador único de Hiscan Patrimonio, S. L. U.).-71.046. 2.ª 22-11-2007

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