Anuncio de escisión parcial
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del Artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que la Juntas Generales y Universales de las Sociedades Quintiles, Sociedad Limitada y Novex Pharma Laboratorio, Sociedad Limitada Unipersonal, celebradas ambas el día 28 de Junio de 2007, aprobaron ambas por unanimidad la escisión parcial de Quintiles, Sociedad Limitada mediante la segregación de los activos y pasivos que constituyen una unidad económica autónoma a favor de la Sociedad beneficiaria Novex Pharma Laboratorio, Sociedad Limitada Unipersonal, quien adquiere todos los derechos y obligaciones integrantes de la rama de actividad que se escinde de Quintiles, Sociedad Limitada como consecuencia de la operación de escisión, todo ello conforme al Proyecto de escisión parcial suscrito por los Órganos de Administración de ambas sociedades (escindida y beneficiaria) y que es conjunto para ambas con fecha 14 de junio de 2007 y que ha sido depositado en el Registro Mercantil de Madrid con fecha 25 de junio de 2007 e inscrito en el citado Registro al Tomo 16.793 Folio 43 Hoja M-286923 Inscripción 1.ª y en base a los Balances de escisión de fecha 31 de diciembre de 2006. La fecha a partir de la cual las operaciones de la Sociedad escindida parcialmente habrán de considerarse realizadas a efectos contables por cuenta de la Sociedad Beneficiaria de la escisión, será el día en que se otorgue la escritura de escisión, fecha a partir de la cual las nuevas participaciones de la Sociedad beneficiaria darán derecho a participar de las ganancias sociales.
Se hace constar expresamente el derecho que corresponde a los socios y acreedores de las Sociedades intervinientes de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de escisión a efectos de lo dispuesto en el artículo 242 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas. Asimismo se señala que conforme al artículo 243.1 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes desde la fecha del último anuncio del acuerdo, los acreedores de las sociedades intervinientes podrán ejercitar su derecho de oposición a la escisión en los términos previstos en el artículo 166 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.
Madrid, 15 de noviembre de 2007.-El Secretario del Consejo de Quintiles, Sociedad Limitada y Novex Pharma Laboratorio, Sociedad Limitada Unipersonal, Jaime Rodríguez-Arias Velasco.-70.528.
y 3.ª 23-11-2007
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