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Documento BORME-C-2007-228022

BRICO-FONTINI, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedad absorbente) COMPONENTES ELÉCTRICOS DOMÉSTICOS, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 228, páginas 41260 a 41260 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2007-228022

TEXTO

Anuncio de fusión

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de Socios de «Brico-Fontini, Sociedad Limitada», y «Componentes Eléctricos Domésticos, Sociedad Limitada», celebradas el día 26 de noviembre de 2007, aprobaron, por unanimidad, la fusión de dichas sociedades, mediante la absorción de «Componentes Eléctricos Domésticos, Sociedad Limitada» por «Brico-Fontini, Sociedad Limitada», con disolución y extinción sin liquidación de la sociedad absorbida, adquiriendo la sociedad absorbente, mediante el traspaso en bloque a título universal, todo el patrimonio, derechos y obligaciones de la sociedad absorbida, conforme el Proyecto de Fusión conjunto suscrito por las sociedades participantes en la fusión, de fecha 15 de noviembre de 2007. Por estar la sociedad absorbida íntegramente participada por la sociedad absorbente, no se produce canje de participaciones sociales ni aumento de capital social, ni es necesaria la elaboración de los informes por los administradores, ni por los expertos independientes sobre el proyecto de fusión, según lo establecido en el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas. La fusión tendrá como consecuencia la extinción de todas las participaciones sociales de la sociedad absorbida. A tal efecto se informa que se han tomado como Balances de Fusión de la sociedad absorbente y de la sociedad absorbida los cerrados a 30 de septiembre de 2007, aprobados previamente por las respectivas Juntas Generales, y teniendo la fusión efectos contables desde el día 1 de enero de 2007. No existen clases de participaciones, ni derechos especiales distintos de las participaciones en la sociedad absorbente o en la sociedad absorbida, ni se atribuyen ventajas a favor de los Administradores de la sociedad absorbente o de la sociedad absorbida. Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad absorbente y de la sociedad absorbida de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión de cada una de las mercantiles fusionadas, documentos que están a disposición de los interesados en el domicilio social de las compañías. Los acreedores de la sociedad absorbente y de la sociedad absorbida pueden oponerse a la fusión en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, en los términos establecidos en los artículos 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Asimismo, se hace constar que se puso a disposición de los representantes de los trabajadores de cada una de las sociedades fusionadas todos los documentos e información a que se refiere el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Barcelona, 26 de noviembre de 2007.-El Presidente del Consejo de Administración de «Brico-Fontini, Sociedad Limitada», y de «Componentes Eléctricos Domésticos, Sociedad Limitada», Joan María Font Suñol.-72.596. 2.ª 28-11-2007

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