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Emisión de cédulas hipotecarias en serie, Cajamadrid 07-4.
«Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid», con domicilio en Madrid, plaza de Celenque, 2, hace público, mediante el presente anuncio que, en virtud de los acuerdos de la Asamblea general de la entidad en sesión celebrada el 5 de marzo de 2007, del Consejo de Administración en sesión celebrada el 19 de marzo de 2003, y de la Comisión Ejecutiva en fecha 3 de diciembre de 2007, acuerda la emisión de cédulas hipotecarias. Importe de la emisión: 50.000.000 euros. Nominal de las cédulas hipotecarias: 1.000.000 euros. Series:
Serie A: Comprensiva de las cédulas hipotecarias A-1 a A-25 ambas inclusive, en total número de cédulas 25.
Importe de la Serie: 25.000.000 euros. Serie B: Comprensiva de las cédulas hipotecarias B-1 a B-25 ambas inclusive, en total número de cédulas 25. Importe de la Serie: 25.000.000 euros. Materialización: 2 títulos múltiples nominativos representativos cada uno de ellos de cada una de las series que comprenden a su vez el número de cédulas según relación expuesta anteriormente. Precio de emisión: 100 % libre de gastos para el suscriptor. Período de suscripción de cada serie: El período de suscripción comienza a las 9 horas del día 14 de diciembre de 2007 y se cerrará a las 11:00 del mismo. Fecha de desembolso: 14 de diciembre de 2007, antes de las 13,00 horas de Madrid. Interés: El tipo de interés nominal anual de la emisión será del 4,87% fijo; Tae: 4,87% Tir: 4,87%. Pago de cupones: Anual, sucesivamente el primero el día 14 de diciembre de 2008 y el último el día 14 de diciembre de 2017. Amortización: La amortización de los títulos se efectuará el día 14 de diciembre de 2017, con un precio de reembolso del 100% sobre el nominal emitido, libre de gastos para el tenedor, lo que supone devolver 1.000.000 euros por cada título. Cotización y liquidación: Se trata de una suscripción privada y no esta prevista su cotización en ningún mercado secundario. La liquidación se realizará directamente por Caja Madrid. Garantías: La presente emisión de cédulas está especialmente garantizada, sin necesidad de inscripción registral, por hipoteca sobre todas las que consten inscritas a favor de Caja Madrid en los Registros de la Propiedad correspondientes, sin perjuicio de la responsabilidad patrimonial universal de la entidad emisora, y si existieran por los Activos de sustitución y por los flujos económicos generados por los instrumentos financieros derivados vinculados a la emisión, todo ello de conformidad con la Ley 2/1981, de 25 de marzo y, sus modificaciones posteriores, y con el Real Decreto 685/1982, de 17 de marzo, y demás legislación complementaria.
Destinatarios y suscriptores: Inversores institucionales.
Madrid, 13 de diciembre de 2007.-Álvaro Canosa Castillo, Director de Negocio Adjunto Financiación Propia.-76.008.
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