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Acuerdo de Fusión
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de las sociedades Alcaraz-Hijos-Casas Grupo Constructor Promotor, Sociedad Limitada y Edifugit Holding, Sociedad Limitada, celebradas el 4 de diciembre de 2007, acordaron por unanimidad la fusión de dichas sociedades, mediante la absorción por Alcaraz-Hijos-Casas Grupo Constructor Promotor, Sociedad Limitada, de Edifugit Holding, Sociedad Limitada, con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y transmisión en bloque a título universal de todo su patrimonio a la sociedad absorbente, en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes y depositado en el Registro Mercantil de Barcelona, en fecha 29 de noviembre de 2007.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho de los socios y acreedores de cada una de las sociedades que participan en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión dentro del plazo de un mes a contar desde la publicación del tercer y último anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 166 de la citada Ley.
Barcelona, 5 de diciembre de 2007.-Administrador único de Edifugit Holding, Sociedad Limitada y Presidente y Consejero Delegado del Consejo de Administración de Alcaraz-Hijos-Casas Grupo Constructor Promotor, Sociedad Limitada, Manuel Alcaraz Puig.-76.129.
1.ª 18-12-2007
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