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Documento BORME-C-2007-33016

CADENA MAR, S. L. (Sociedad absorbente) ARRENDAMIENTOS TURÍSTICOS, S. A. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 33, páginas 5535 a 5535 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2007-33016

TEXTO

Anuncio del acuerdo de fusión

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que, mediante acuerdo adoptado por las Juntas generales extraordinarias y universales de las dos sociedades, celebradas en los respectivos domicilios sociales, el día 30 de enero de 2006, se ha aprobado la fusión, por absorción, por parte de «Cadena Mar, Sociedad Limitada», de «Arrendamientos Turísticos, Sociedad Anónima» (Sociedad Unipersonal), ajustándose a los términos del proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Mallorca de fecha 12 de diciembre de 2006, con disolución, sin liquidación, de «Arrendamientos Turísticos, Sociedad Anónima» (Sociedad Unipersonal) y traspaso en bloque a «Cadena Mar, Sociedad Limitada», a título de sucesión universal, de todo el patrimonio de la sociedad absorbida. La fecha a partir de la cual, las operaciones de la entidad «Arrendamientos Turísticos, Sociedad Anónima» (Sociedad Unipersonal) sociedad absorbida, se considerarán a efectos contables, por cuenta de la sociedad a la que traspasa su patrimonio, «Cadena Mar, Sociedad Limitada», sociedad absorbente, será el día 1 de enero de 2006. No se concede derecho especial alguno, ni ventaja a los administradores de las sociedades. Igualmente, de acuerdo con los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se pone en conocimiento de todos los socios y acreedores, el derecho que les corresponde de examinar, en el domicilio social, la totalidad de los documentos, indicados en el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas (texto íntegro del acuerdo adoptado y Balances de fusión, entre otros), así como de obtener la entrega o envío, completamente gratuito, del texto íntegro de los mismos. Se hace constar, asimismo, el derecho de oposición que les asiste, en los términos de la Ley, a los acreedores y, en su caso, a los obligacionistas, que deberá ser ejercitada en el plazo de un mes, desde la fecha del último anuncio de acuerdo de fusión adoptado en las respectivas Juntas generales.

Asimismo se comunica a los representantes de los trabajadores de ambas sociedades, la puesta a su disposición, para su examen, en los respectivos domicilios sociales, de los documentos a los que se refiere el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Palma de Mallorca, 5 de febrero de 2007.-Presidente y Secretario del Consejo de Administración de Cadena Mar, S.L. y de Arrendamientos Turísticos, S.A. (Sociedad Unipersonal). Don Jaime Batle Manresa y Doña Rosa María Vidal Isern.-6.534. 2.ª 14-2-2007

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