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Documento BORME-C-2007-37100

SISTEMAS DICOM IBÉRICA, S. A. Unipersonal (Sociedad absorbente) TOPCALL SISTEMAS DE COMUNICACIÓN, S. A. Unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 37, páginas 6270 a 6270 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2007-37100

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción

De conformidad con los dispuesto en el artículo 242 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se anuncia que las juntas generales extraordinarias universales de «Sistemas Dicom Ibérica, Sociedad Anónima Unipersonal» y «Topcall Sistemas de Comunicación, Sociedad Anónima Unipersonal», en sesiones celebradas en fecha 29 de diciembre de 2006, aprobaron por unanimidad, la fusión de las dos sociedades, mediante absorción por parte de la sociedad «Sistemas Dicom Ibérica, Sociedad Anónima Unipersonal», de la sociedad «Topcall Sistemas de Comunicación, Sociedad Anónima Unipersonal», con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a la sociedad absorbente. La fusión ha sido acordada en base al proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Madrid y de Barcelona y en base a los Balances de fusión cerrados a 30 de junio de 2006, aprobados por las Juntas de ambas compañías. La fusión tendrá efectos contables de conformidad con lo dispuesto en el proyecto de fusión. Siendo la sociedad absorbente el único accionista de la sociedad absorbida, de conformidad con el artículo 205 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, no procederá el aumento de capital en la sociedad absorbente, no se establecerá el procedimiento ni el tipo de canje de las acciones, ni será necesaria la elaboración de los informes de los Administradores ni de los expertos independientes sobre el proyecto de fusión. No existirán en la sociedad absorbente titulares de acciones de clases especiales o titulares de derechos especiales distintos de los que le concede la cualidad de socio. No se atribuyen ventajas a los Administradores de la sociedad absorbente.

Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 166 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

Barcelona, 25 de enero de 2007.-El Secretario del Consejo de Administración de Sistemas Dicom Ibérica, Sociedad Anónima Unipersonal y el Administrador único de Topcall Sistemas de Comunicación, Sociedad Anónima Unipersonal, Miguel Blanc Marfá.-8.171. 1.ª 19-2-2007

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