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Documento BORME-C-2007-41000

ADAGIO, S. A. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbente) AD. NOVOMÚSICA, S. L. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 41, páginas 6980 a 6980 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2007-41000

TEXTO

Anuncio de fusión

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que los socios únicos de las compañías AD. Novomúsica, Sociedad Limitada, sociedad unipersonal (absorbida) y Adagio, Sociedad Anónima, sociedad unipersonal (absorbente), en ejercicio de las competencias atribuidas a las Juntas generales y universales, han decidido el día 1 de febrero de 2007, la fusión por absorción de AD. Novomúsica, Sociedad Limitada, sociedad unipersonal (absorbida), por Adagio, Sociedad Anónima, sociedad unipersonal (absorbente), tomando como Balance de fusión de la absorbida, el cerrado a 31 de agosto de 2006, y el de la absorbente, el cerrado a 31 de agosto de 2006, aprobados en las citadas Juntas (de conformidad con lo dispuesto en el artículo 244.1 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas y 227.2.5.º del Reglamento del Registro Mercantil) , ajustándose al Proyecto de Fusión con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida AD. Novomúsica, Sociedad Limitada, sociedad unipersonal, y traspaso en bloque de su patrimonio a la sociedad absorbente Adagio, Sociedad Anónima, sociedad unipersonal. A efectos contables, las operaciones realizadas por la sociedad absorbida se considerarán realizadas por la absorbente, a partir del día 1 de septiembre de 2007. No se otorgarán derechos en la sociedad absorbente a los titulares de acciones de clases especiales ni existen titulares de derechos especiales distintos de las participaciones en la sociedad que se extingue. No se conferirán ventajas de clase alguna a los órganos de administración de cada una de las sociedades que se fusionan.

Se hace constar que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 238 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, y de conformidad con los artículos 242 y 243 de la misma Ley, se informa del derecho que asiste a los accionistas y acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión; así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores que deberá ser ejercitado según la citada ley, en el plazo de un mes desde la fecha del último anuncio del presente acuerdo de fusión.

Montcada i Reixac, 16 de febrero de 2007.-El Presidente del Consejo de Administración de Adagio, Sociedad Anónima, sociedad unipersonal (sociedad absorbente), y AD. Novomúsica, Sociedad Limitada, sociedad unipersonal (sociedad absorbida), Hol-Dral, Sociedad Limitada, representada por Manuel Alorda Escalona.-9.014.1.ª 26-2-2007

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