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Aumento de capital
De conformidad con el artículo 75.2 de la Ley de Sociedades Limitadas, y según lo acordado en la Junta General Extraordinaria celebrada el pasado día 15 de febrero de 2007, hacemos público el acuerdo de aumentar el capital social en 150.000,00 euros mediante aportaciones dinerarias. Una vez analizado el informe al respecto, que básicamente contiene restablecer el equilibrio patrimonial, evitar la disolución y eliminar las responsabilidades solidarias de los Administradores por incumplimiento legal, para ello y en cumplimiento de lo regulado en los artículos 104.º y 105.º de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se emitirían 37.500 participaciones sociales a valor nominal 4,00 euros, numeradas de la 1.001 a 38.500 ambas inclusive, se acuerda con el voto favorable de «Gottak, Sociedad Limitada» (representa el 77,50 por 100) aumentar el capital de la sociedad en la cifra de 150.000,00 euros, es decir, hasta la cifra de 190.000,00 euros. Se aprueba asimismo con el voto favorable de «Gottak, Sociedad Limitada» (representa el 77,50 por 100) , que la ampliación de capital se lleve a cabo en las siguientes condiciones:
El aumento del capital se hará mediante la emisión de 37.500 nuevas participaciones de 4,00 euros de valor nominal cada una, de la misma clase y serie que las actualmente existentes, numeradas correlativamente del 1.001 a 38.500.
El aumento tendrá como contrapartida aportaciones dinerarias o compensación de créditos. Los actuales accionistas tendrán derecho de suscripción preferente en la señalada ampliación y de conformidad con el artículo 75.º de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se concede el plazo de un mes a partir de la adopción del acuerdo para que los socios puedan ejercer su derecho de preferencia a asumir un número de participaciones proporcional al valor nominal de las que ya posea. El plazo para el ejercicio del señalado derecho será de un mes desde la fecha de publicación del anuncio del acuerdo de ampliación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil. Transcurrido dicho plazo, las participaciones que no hayan sido suscritas podrán serlo por los restantes socios. En tal caso, los socios deberán comunicar a la sociedad su deseo de suscribir las participaciones sobrantes en el plazo de 15 días desde la finalización del anterior plazo, indicando el número de participaciones que desean suscribir. Al finalizar el plazo, los Administradores asignarán las participaciones sobrantes de acuerdo con las solicitudes recibidas. En caso de ser superior el número de solicitudes al de las participaciones sobrantes, éstas se prorratearán entre los demandantes atendiendo al número de acciones que posean, incluidas las previamente suscritas en la ampliación. Los Administradores comunicarán a cada socio interesado las acciones que le han sido asignadas, debiendo los socios desembolsar su importe en el plazo de 15 días desde la recepción de la comunicación en la forma abajo señalada. Las cantidades que deban desembolsarse como consecuencia de la ampliación deberán hacerse efectivas en el domicilio social de la sociedad en el mismo momento en que se efectúe la suscripción de las participaciones. Dicho desembolso será íntegro y deberá efectuarse en metálico o mediante cheque conformado nominativo a favor de la sociedad o mediante compensación por créditos que ostenten contra la sociedad. En caso de que no sea suscrita la totalidad de las nuevas participaciones emitidas, no quedará sin efecto el acuerdo de ampliación, sino en la proporción que se suscriba.
«Gottak, Sociedad Limitada» manifiesta su deseo de desembolsar el 100 por 100 de la ampliación mediante compensación de parte del crédito que ostenta contra la sociedad, cuyo saldo a 31 de julio de 2006 es de 215.953,10 euros. Se aprueba asimismo con el voto favorable de «Gottak, Sociedad Limitada» (representa el 77,50 por 100).
Sant Boi de Llobregat, 15 de febrero de 2007.-El Presidente del Consejo de Administración, Ángel Palau de la Riva.-9.915.
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