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Documento BORME-C-2007-64055

GRUPO DE INVERSIONES TECNOALIMENTARIAS, S. L. Unipersonal (Sociedad absorbente) ALIMENTACIÓN Y TECNOLOGÍA, S. A. (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 64, páginas 10995 a 10995 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2007-64055

TEXTO

Anuncio de fusión

En Juntas Generales Extraordinarias celebradas con carácter de Universal el día 23 de marzo de 2007 los socios y accionistas, respectivamente, de las sociedades Grupo de Inversiones Tecnoalimentarias, Sociedad Limitada Unipersonal, y Alimentación y Tecnología, Sociedad Anónima acordaron la fusión y absorción de esta última por la primera, disolviéndose Alimentación y Tecnología, Sociedad Anónima, sin liquidación y transmitiendo en bloque su patrimonio social a Grupo de Inversiones Tecnoalimentarias, Sociedad Limitada Unipersonal, quien por sucesión universal adquirirá todos los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida. La operación se acordó en base al proyecto de fusión elaborado al respecto por las Administraciones de ambas Sociedades, y sin aumento de capital de la sociedad absorbente, al pertenecer directa o indirectamente la totalidad de las participaciones o acciones de ambas compañías a la misma Sociedad matriz y darse por tanto el caso previsto en el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas. No existe por tanto proporción de canje. Todo ello según resulta del propio proyecto antes mencionado. Las operaciones de Alimentación y Tecnología, Sociedad Anónima se entenderán realizadas por cuenta de la Sociedad absorbente Grupo de Inversiones Tecnoalimentarias, Sociedad Limitada Unipersonal a partir del día uno de enero de 2007. Han sido aprobados los Balances que han servido de base para la operación cerrados en cuanto a ambas sociedades en fecha 31 de diciembre de 2006.

A los efectos previstos en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar que los acreedores y los Socios y Accionistas, de una y otra Sociedad tienen derecho de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión y que la fusión no podrá ser realizada antes de que transcurra un mes contado desde la fecha del último anuncio que se publique durante cuyo plazo los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la misma en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas. No existen titulares de derechos especiales distintos a las acciones, ni obligacionistas ni por tanto derecho de oposición para los mismos. En cuanto a los Socios y Accionistas, se hace constar que todos ellos han prestado su conformidad a los acuerdos adoptados al haber sido celebradas las Juntas Generales con carácter de Universal tanto en la sociedad absorbente como en la absorbida y haberse adoptado los acuerdos por unanimidad.

El Puig, Valencia, 25 de marzo de 2007.-El Secretario del Consejo de Administración de las dos sociedades, Antonio Marimón Prats.-17.216.

1.ª 29-3-2007

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